Requisitos para solicitar las nuevas deducciones fiscales por reformar la vivienda

Tras ser aprobado este martes por el Consejo de Ministros, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, que incluye nuevas medidas en materia de rehabilitación y mejora del parque de vivienda con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios.

Por ello, una de las medidas se basa en las deducciones fiscales que entrarán en vigor este mismo año y para las que se ha destinado una inversión de 450 millones de euros. 

Tras ser aprobado este martes por el Consejo de Ministros, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, que incluye nuevas medidas en materia de rehabilitación y mejora del parque de vivienda con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios.

Por ello, una de las medidas se basa en las deducciones fiscales que entrarán en vigor este mismo año y para las que se ha destinado una inversión de 450 millones de euros. PUBLICIDAD

De tal manera que, como recoge el decreto, se añaden tres nuevas deducciones temporales "en la cuota íntegra estatal del IRPF aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda".

Deducción por reducir la demanda de energía en la vivienda

La primera permite deducir hasta un 20% de las cantidades satisfechas "por las obras realizadas a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales", subraya el texto. Estas obras incluyen la reducción "de la demanda de calefacción y refrigeración" de la vivienda. 

Como condición, solo se entenderá que se ha reducido dicha demanda cuando se reduzca en, al menos, un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico después de hacer las obras.

Deducción por reducir el consumo de energía no renovable

La segunda deducción será de hasta un 40% de las cantidades satisfechas "por las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior hasta un máximo de 7.500 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de, al menos, un 30% del consumo de energía primaria no renovable".

En este sentido, solo se entenderá que se ha mejorado el consumo de "energía primaria no renovable en la vivienda" cuando se reduzca, al menos, un 30% el indicador o cuando "se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética 'A' o 'B'".

Deducciones por una mejora en el edificio

La tercera deducción se podrá aplicar "sobre las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda por las obras realizadas desde la entrada en vigor de este real decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2023, en las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio en el que se ubica".

De tal manera que podrán deducirse el 60% de las cantidades satisfechas hasta un máximo de 15.000 euros. Como explica Idealista, tendrán la consideración de obras de rehabilitación energética del edificio las que obtengan una mejora de la eficiencia acreditada por un técnico.

FUENTE: 20 Minutos

https://www.20minutos.es/noticia/4848746/0/requisitos-solicitar-deducciones-fiscales-reforma-vivienda/

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