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¿Qué límites pone Europa a las horas extra? De las 80 horas anuales de España al sinfín de Reino Unido o Dinamarca

  • La negociación colectiva ya rebaja a 38,4 horas la jornada laboral media, tal y como prevé el Gobierno para este año. UGT defiende que las horas extra faciliten la reducción de la edad de jubilación sin penalización

El recorte de la jornada laboral a 37,5 horas a partir de 2025 que están negociando por un lado de forma bilateral patronal y sindicatos y, por otro, en un formato tripartito, los agentes sociales junto al Ministerio de Trabajo incluye toda una serie de cambios posibles que afectarían a la regulación del tiempo de trabajo en España. Entre esos asuntos, la normativa sobre las horas extra —con las que se compensarían las necesidades productivas cuando la jornada máxima legal sea de 37,5 horas—, será una cuestión clave. Además, el sindicato UGT, ha planteado este jueves que la realización de horas extra se incorpore también como uno de los nuevos parámetros que los agentes sociales están negociando con la Seguridad Social para poder adelantar la jubilación, sin penalización, por desgaste del trabajador.

La normativa española sobre horas extraordinarias consta básicamente de los siguientes aspectos: su carácter voluntario, salvo que sea obligatorio por ley o convenio; el número máximo de horas extra que se permiten realizar al año a cada trabajador, que son 80; a cuánto se deben pagar, como mínimo igual que la hora ordinaria; y la obligatoriedad de la empresa de tener un registro horario diario para determinar el número de este tipo de horas que realiza cada empleado. Algunas de estas cuestiones, sobre todo, su límite y su coste podrían modificarse durante las negociaciones del recorte de jornada precisamente para allanar un acuerdo en esta materia. La otra cuestión que podría contribuir a un pacto entre sindicatos y patronal para recortar el tiempo máximo legal de trabajo sería que esta disminución se aplicara de manera más progresiva a la prevista actualmente —a partir de 2025—, según fuentes de la negociación. En cuestiones de calendario, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha situado el verano como fecha límite para acordar con los empresarios cómo transitar hasta las 37,5 horas de jornada máxima. Pasada esa fecha exigirán al Gobierno que legisle, coincidiendo también con los planes manifestados por el líder de CC OO, Unai Sordo, hace unos días.

En cualquier caso en las mesas de diálogo que abordan tanto la reducción de la jornada como los nuevos parámetros para poder adelantar la jubilación, sin duda, miran a Europa en busca de ejemplos de cómo regular las horas extraordinarias, que se pueden encontrar en un exhaustivo estudio elaborado por UGT en colaboración con la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid presentado este jueves. El documento refleja cómo España tiene la normativa más restrictiva de toda Europa, con su límite infranqueable de las 80 horas extra anuales por trabajador. Mientras que en el otro extremo se situarían países que no ponen coto en absoluto a la realización de estas horas, como es el caso de Dinamarca, el Reino Unido y Estonia. En este lado más laxo están también Hungría y Eslovaquia con un máximo de 400 horas por año, acordadas en convenio colectivo (esto equivaldría a realizar diez o más semanas de trabajo a completo).

En otros países, como Francia, el grado regulatorio es intermedio y existe un límite de 220 horas al año, pero más allá de este tope se puede consultar aumentarlo con los representantes de los trabajadores; y algo similar ocurre en Italia, con una cota máxima de 250 horas anuales prorrogables por convenio colectivo. En Portugal, los límites de extras que se pueden hacer varían según el tamaño de la empresa: 175 horas anuales en las micro y pequeñas empresas; y 150 para las medianas y grandes (en ambos casos pueden ampliarse a 200 horas extras anuales por convenio colectivo).

Pagar más

Si bien desde los sindicatos exigirán que si se aumenta este límite de 80 horas extraordinarias anuales, estas también se abonen más que lo que marca la ley actualmente —que es que al menos se retribuyan como una hora ordinaria—. También respecto al pago de este tipo de horas “España es una anomalía europea” ha insistido este jueves Pepe Álvarez durante la presentación de esta comparativa europea”. De hecho, para empezar, en ausencia de un convenio o pacto individual que diga lo contrario, las horas extra se compensan mediante descanso en los cuatro meses siguientes a su realización. Y si la empresa opta por pagarlas, éstas no pueden compensarse de forma inferior a hora normal, pero el Tribunal Supremo ha determinado lo que es una hora ordinaria excluyendo los complementos extrasalariales, “por lo que los trabajadores en España pueden terminar percibiendo cantidades inferiores a las que cobran por su jornada ordinaria”, se queja UGT.

Según este estudio, la prima salarial que se paga más comúnmente en Europa por las horas extraordinarias es del 50% más que una hora ordinaria. Esto ocurre en Austria; y en Bélgica, que eleva al 100% en domingos y festivos, al igual que en Chipre, igual que en Dinamarca; Estonia; Finlandia, paga un 50% para las dos primeras horas extra y el 100% a partir de la tercera; Hungría; Letonia; Lituania; Malta; o Polonia. Si bien otros Estados no retribuyen las horas extra o su cuantía se negocia en los convenios como son los casos de Alemania; Suecia; Rumanía; Países Bajos o Irlanda entre otros.

En España, al margen de las negociaciones para la reducción de jornada, el sindicato UGT ya presentó en enero una reclamación ante el Comité de Derechos Sociales de la Unión Europea para que las horas extra se abonen un 25% más que las ordinarias. Y ahora han reclamado también al Gobierno que su realización se tenga en cuenta a la hora de que los trabajadores puedan delantar su edad de jubilación sin penalizar la cuantía de su pensión, algo sobre lo que los responsables de la Seguridad Social no se han manifestado.

Dicho todo esto, Álvarez ha concluido que aunque en España las jornadas pactadas en los convenios colectivos reduzcan la jornada laboral media (que no la efectiva) a las 38,4 horas, situándose en la media de la Unión Europea —y cumpliendo con el objetivo del Gobierno de recortar la jornada máxima legal a 38,5 horas ya en 2024— “es necesario que la reducción de la jornada máxima a 37,5 horas se lleve a la ley”, porque esta reducción del tiempo medio de trabajo es fruto de un recorte mayor en las grandes empresas y sectores donde hay fuerte presencia sindical y jornadas de 40 horas en las pymes y sectores menos sindicalizados. En concreto, ha asegurado que el 50,21% de las personas trabajadoras cuenta con una jornada máxima de entre 38,5 y 39,5 horas semanales; el 29,82%, entre 37,5 y 38,8 y solo el 12% menos de 37,5.

Así, el estudio apunta también que la jornada promedio en España está muy por encima de países como Alemania y Francia, con 35,6 horas de media, pero por debajo de países del Este europeo y Grecia, que tienen 40 horas de media. Todo esto pone de manifiesto, según el número dos de UGT, Fernando Luján, que “los países más productivos tienen jornadas más cortas y salarios más altos”, que es a lo que debería aspirar España, ha concluido.

FUENTE: El PAÍS

https://elpais.com/economia/2024-03-14/que-limites-pone-europa-a-las-horas-extra-de-las-80-horas-anuales-de-espana-al-sinfin-de-reino-unido-o-dinamarca.html

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Ya queda menos para que pueda rescatar su plan de pensiones sin los exigentes requisitos actuales: estos son los plazos

  • A partir de 2025 los ahorradores podrán recuperar su dinero sin tener sin tener que estar en caso de jubilación, dependencia o paro de larga duración

La cuenta atrás ha empezado. A partir del 1 de enero de 2025, los partícipes de planes de pensiones individuales podrán rescatar el dinero, todo o parte, que en ellos hayan acumulado “porque sí”. En vida; no hará falta jubilarse, tener una incapacidad laboral, vivir en situación de gran o severa dependencia, padecer una enfermedad grave o ser un desempleado de larga duración. Bastará con expresar la voluntad de rescate a la entidad financiera en la que se tiene contratado el plan de pensiones. Eso sí, hay algunas condiciones que conviene saber. Únicamente es posible recuperar el importe que resulte de sumar las aportaciones que se hicieron hasta el 31 de diciembre de 2015 (por tanto, con al menos 10 años de antigüedad) a los posibles rendimientos generados por estas, si los hubiera. A partir del 2026, ya se podrá tener en cuenta lo aportado hasta el 31 de diciembre de 2016 (más sus réditos) y así, sucesivamente a lo largo del tiempo, según las aportaciones vayan cumpliendo los 10 años.

Si el partícipe ya tiene inicialmente previsto rescatar todo o parte de su plan/planes de pensiones es, según los expertos, importante, en los meses que aún faltan para poder hacer efectiva esa decisión, elaborar una adecuada estrategia fiscal al respecto. La razón es simple: Hacienda también será beneficiaria de esta operación. A sus ojos, el capital de los planes de pensiones debe considerarse como un rendimiento del trabajo (una especie de salario) que, por supuesto, debe incluirse en la base imponible del impuesto de la renta (IRPF). Los impuestos a pagar serán mayores o menores —las entidades practicarán las correspondientes retenciones a cuenta—, según sea precisamente esa base imponible (suma del conjunto de rentas del contribuyente). Con los tipos impositivos actuales, pueden suponer, en general salvo casos particulares, entre un 19% y hasta más de un 50% de lo rescatado. Es cierto también que el impacto fiscal será más o menos relevante si el rescate se hace en forma de renta o capital (básicamente por su importe total anual) y si se han percibido o no otros ingresos adicionales.

Dadas las novedades y particularidades que, al respecto de los rescates en forma de capital bajo el supuesto de “porque sí”, se han producido en los últimos meses, los técnicos se centran en aclarar cuáles son los aspectos fundamentales a tener en cuenta en este sentido para minimizar el shock tributario. Cada uno de los puntos señalados hace referencia a la normativa general, por lo que, en este terreno, es relevante estar a las normas tributarias especiales de algunas comunidades autónomas como el País Vasco o Navarra.

1. No hay un importe máximo anual en el reembolso de planes de pensiones por antigüedad de las participaciones, lo que permite disponer de ellas según vayan cumpliendo esa edad.

2. Si se recupera en forma de capital el importe (derechos consolidados) por aportaciones hechas entre el 1 de enero de 2007 y el 31-12-2014, se pagan los correspondientes impuestos por la totalidad de esa cantidad.

3. Si se recupera en forma de capital el importe acumulado procedente de aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007, el partícipe tiene derecho a aplicarse una reducción del 40% sobre dichas cantidades. En principio, por ejemplo, si la cantidad recuperada asciende a 50.000 euros, solo incluirá en su renta el 60% de la misma, es decir, 30.000 euros. Teniendo en cuenta únicamente estas dos precisiones, en principio, los técnicos recomiendan para suavizar la tributación los “rescates mixtos”: recuperar en forma de capital los importes obtenidos procedentes de aportaciones anteriores a 2007 y, en forma de renta periódica, los posteriores. Ese “en principio” tiene que ver con las más recientes novedades en torno a la reducción del 40% mencionado y que, a juicio de los expertos, deben también considerarse.

4. Hasta hace poco, según la Dirección General de Tributos solo era posible, si se tenían dos o más planes de pensiones, aplicarse la reducción del 40% sobre lo que se cobrara en un único ejercicio y respecto a una misma contingencia (jubilación, paro, enfermedad…). Pues bien, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha anulado esta interpretación y en la actualidad ya es posible aplicar ese descuento a las cantidades percibidas por el rescate de varios planes de pensiones en forma de capital único, tanto en el año en que se produzca la contingencia como en los dos ejercicios siguientes. Sin duda, según los técnicos, esto permite aligerar la carga fiscal al poder distribuir ese cobro hasta en tres años consecutivos beneficiándose del descuento del 40%. Aún van más lejos y señalan que, en caso de que el partícipe fuera titular de un único plan de pensiones, podría recurrir a los traspasos para tener más planes de pensiones y así utilizar plenamente esta opción.

5. Es posible aplicar la reducción del 40% sobre los importes generados por participaciones suscritas antes de 2007 por distintas contingencias. Es decir, los partícipes pueden, por ejemplo, rescatar una parte de su plan de pensiones en forma de capital con el 40% por enfermedad grave y, posteriormente, al llegar a su edad de jubilación puede de nuevo utilizar este descuento al tratarse de dos situaciones distintas.

6. Si se rescata parte de un plan de pensiones gracias a este nuevo supuesto de liquidez es, sin embargo, posible seguir realizando aportaciones a estos productos para otras contingencias futuras (jubilación, incapacidad, fallecimiento…).

Según las últimas cifras de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco), el volumen de activos del conjunto de Planes de Pensiones (Sistema individual, Empleo y Asociado) se situaba al cierre de 2023 en torno a los 114.000 millones de euros. De ese importe, más de la mitad, unos 64.000 millones de euros, cumplen 10 años en 2025 y, por tanto, son susceptibles de ser retirados solo con la voluntad del ahorrador.

En lo referente a rendimientos, los últimos datos correspondientes a febrero de 2024 sobre los planes de pensiones del sistema individual muestran que los más rentables en el plazo de 20 años han sido los que integran la categoría de renta variable con una rentabilidad promedio anual del 5,8%. Le siguen los planes de pensiones de renta variable mixta con un 3,3%. La renta fija a corto plazo, con un 0,7%, cierra la clasificación. A 15 años, las diferencias entre unos y otros se agrandan: mientras la renta variable ha generado de media unos resultados positivos del 9,8%, la renta fija a corto los ha situado en el 0,6%. A 10 años, los planes de renta variable suman un 8,7% anual mientras los de renta fija a corto obtienen unas pérdidas del 0,2%.

FUENTE: El PAÍS

https://elpais.com/economia/negocios/2024-04-09/arranca-la-cuenta-atras-para-rescatar-los-planes-de-pensiones.html

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Los jubilados de mutualidades ya pueden pedir la devolución del IRPF tributado de más

Los pensionistas de las antiguas mutualidades que tenga derecho a ello ya pueden solicitar desde este miércoles 20 de marzo las devoluciones de IRPF por vía rápida descargándose un formulario de la Agencia Tributaria.

Los potenciales beneficiarios de esta medida, en cumplimiento de las sentencias del 28 de febrero de 2023 y 10 de enero de 2024 del Tribunal Supremo mediante un formula, pueden gestionar sus solicitudes sin tener que aportar información adicional, informa la web de la Agencia Tributaria.

De esta manera, los pensionistas de las mutualidades podrán recuperar lo tributado de más en el periodo 2019-2023, aunque, puntualiza la Agencia, en la mayoría de los casos las cantidades correspondientes a 2023 aparecerán en el borrador de la declaración de la Renta de ese año, que se puede presentar a partir del 3 de abril.

Según dictaminó el Tribunal Supremo, los jubilados que reciben pensiones de jubilación o invalidez procedentes de las antiguas mutualidades pueden reducir sus rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta, con el objetivo de evitar una doble tributación en los casos en que las aportaciones a las mutualidades no pudieron deducirse en su momento.

La disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley de IRPF ofrece la posibilidad de reducir la cantidad a incluir como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta de cada ejercicio cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez por aquellos mutualistas cuyas aportaciones no pudieron ser en su momento objeto de reducción o minoración en la base imponible. De esta forma se evita una doble tributación por dichas aportaciones.

Para ello es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades, en todo caso en una fecha anterior a 1 de enero de 1999, que no se hayan reducido o minorado en la base imponible del impuesto de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

La reducción a aplicar varía dependiendo de la fecha en la que se realizaron las aportaciones y el tipo de mutualidad al que se hicieron.

Las pensiones que pueden tener derecho a la reducción son las siguientes:

Satisfechas por el INSS o el Instituto Social de la Marina.

Se podrá aplicar la reducción:

  • Cuando se realizaron aportaciones a mutualidades laborales
  • Con anterioridad a 01/01/1967: la parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones anteriores a 01/01/1967 se reducirá al 100%. Es decir, no tributará esta parte de pensión.
  • Entre el 01/01/1967 y 31/12/1978: la parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones efectuadas en ese período se reducirá en un 25%. Es decir, sólo tributará el 75% de esta parte de la pensión.
  • Cuando se realizaron aportaciones a mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad Social con anterioridad al 01/01/1979: la parte de la prestación de jubilación que corresponda a las aportaciones efectuadas en ese período se reducirá en un 25%. Es decir, sólo tributará el 75% de esta parte de la pensión.

Pensiones complementarias

Las pensiones complementarias a la pensión de la Seguridad Social o Clases Pasivas, que derivan de aportaciones a mutualidades, en la actualidad son abonadas por planes de pensiones o por las propias mutualidades a las que se realizaron dichas aportaciones.

En estos casos, la parte de la prestación que corresponda a las aportaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 1995, se reducirá en un 25%: solo tributará el 75% de esta parte de la pensión.

Satisfechas por fondos especiales de entidades públicas

Estas pensiones pueden ser obtenidas por algunos funcionarios como complemento a su pensión principal.

Con independencia de que su pensión principal tenga derecho o no a la aplicación de la DT 2ª, estos complementos de pensiones sí pueden dar derecho a la aplicación de la DT 2ª en el supuesto de que las mutualidades a las que se realizaron las aportaciones se hubiesen integrado en los distintos fondos especiales del INSS, Muface, Mugeju e Isfas, que son quienes abonan ahora este complemento.

Así, explica Hacienda, al "complemento" de pensión de jubilación o invalidez que paga el fondo especial del INSS sí le es de aplicación la reducción del 25% por la parte de la pensión que derive de aportaciones realizadas a mutualidades hasta el 01/07/1987 (fecha de integración en el fondo especial)Es decir, solo tributará el 75% de esta parte de la pensión.

Al "complemento" de pensión de jubilación o invalidez que pagan Muface, Mugeju e Isfas sí le es de aplicación la reducción del 25% por la parte de la pensión que derive de aportaciones realizadas hasta la fecha de integración de cada una de las mutualidades en el fondo especial, o hasta el 31/12/1978 si la fecha de integración fue anterior. Es decir, sólo tributará el 75% de esta parte de la pensión.

Una persona viuda puede aplicar la DT 2ª por su propia pensión de jubilación o invalidez en los términos señalados en las preguntas anteriores. Solo queda excluida la pensión de viudedad.

A qué mutualistas no se aplica

No procede para los que perciban pensiones:

  • Satisfechas por Clases Pasivas a los funcionarios públicos cuando estos solo han estado incluidos durante toda su vida laboral en el régimen de Clases Pasivas, al no tratarse de una mutualidad. No obstante, si realizaron aportaciones a una mutualidad podrán aplicar la DT 2ª a la parte de la pensión que corresponda a dichas aportaciones. Podría aplicarla, por ejemplo un jubilado que cobra la pensión de Clases Pasivas al haber trabajado como funcionario, pero que durante unos años cotizó a una mutualidad porque trabajó en una empresa privada.
  • Obtenidas por aportaciones a mutualidades laborales de autónomos puesto que ya fueron deducibles en su momento las aportaciones. De esta forma, no se produce una doble imposición en la pensión ahora obtenida.
  • De viudedad, al no estar incluidas en la DT 2ª, por no derivar de aportaciones del perceptor de esta pensión.
  • No contributivas, al no estar incluidas en la DT 2ª, por no provenir de aportaciones previas.

La devolución se pide mediante el formulario electrónico que la Agencia Tributaria publique en la Sede electrónica se podrá solicitar la aplicación de la DT 2ª para el periodo 2019 a 2023. Se trata, en todo caso, de un procedimiento voluntario para agilizar la tramitación.

Es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e). También se puede presentar el formulario en nombre de un tercero por apoderamiento. Los herederos también podrán solicitar la aplicación.

Hay que incorporar la cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante.

En el caso de las solicitudes referidas a 2023, además de presentar el formulario es necesario presentar en todo caso la propia declaración de Renta 2023.

Para Renta 2023, si la Hacienda dispone de toda la información, la reducción ya aparecerá en los datos fiscales con el concepto ("Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF"), y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.

Este cálculo también se realizará para los contribuyentes que ya han recibido resolución estimatoria de solicitudes de rectificación de ejercicios anteriores por lo que en estos casos no será necesario que presenten el formulario publicado en la Sede electrónica de la AEAT.

Para aquellos casos en los que la AEAT no cuente con información suficiente, no podrá ofrecer el cálculo en los datos fiscales, pero para solicitar el ajuste, además de presentar el mismo formulario, deberá presentar la declaración de Renta 2023No será necesario aportar ninguna documentación ya que la Agencia Tributaria puede acceder a los datos de la Seguridad Social, aunque durante la tramitación Hacienda sí puede pedir información adicional.

Si no se presentó la declaración de la Renta entre 2019 sí se podrá solicitar la devolución y y será de aplicación para aquellos ejercicios de IRPF que no estén prescritos en la fecha de presentación.

FUENTE: Expansión

https://www.expansion.com/economia/declaracion-renta/2024/03/20/65fab78a468aeb75718b45bc.html

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El vehículo culpable de un accidente se da a la fuga o no tiene seguro ¿A quién reclamar?

En caso de que un automóvil no esté asegurado, el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de cubrir las indemnizaciones

A finales de 2023 en España había 33,4 millones de vehículos asegurados, según datos del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (Fiva), mientras que el parque automovilístico era de 35,7 millones, incluyendo tractores y remolques, según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Más de dos millones de vehículos zombis o no asegurados circulan por las carreteras españolas, la mayoría de ellos turismos (1,8 millones), según un estudio de la aseguradora Línea Directa. Tener un accidente con uno de ellos o con un vehículo que se dé a la fuga genera, aparte de los daños personales y materiales, un importante problema para que las víctimas puedan gestionar la indemnización que le corresponde. Conocer a quién reclamar y los pasos a dar son cuestiones fundamentales para iniciar la reclamación.

¿Qué hacer si el conductor causante se da a la fuga?

Nada más tener un siniestro de circulación lo primero es tomar nota de los datos de los conductores y coches involucrados para tramitar las oportunas reclamaciones a los seguros, pero puede ocurrir que el otro vehículo se dé a la fuga.

Es importante permanecer en el lugar de los hechos para recabar todos los datos que sean posibles ante la futura reclamación como son la matrícula, marca, modelo y color del vehículo que se dio a la fuga o cualquier otra descripción que pueda ser de utilidad para identificar el coche. Contactar con los testigos que hayan presenciado el accidente y la fuga del otro vehículo ayuda mucho a la hora de reclamar.

Hay que llamar a la mayor brevedad a la policía o a la Guardia Civil informando del golpe sufrido y a los servicios sanitarios si hay daños personales. En caso de lesiones producidas por el impacto, es recomendable acudir al hospital para rellenar un parte de lesiones que se incluirá como prueba a la hora de reclamar. Es fundamental que estas pruebas médicas se realicen en un plazo no superior a las 72 horas desde que se produce el accidente.

Posteriormente, hay que gestionar la reclamación y búsqueda del infractor con la aseguradora de nuestro vehículo. Si se localiza al conductor fugado y cuenta con un seguro se le reclamará la correspondiente compensación por los daños personales y/o materiales.

¿A quién reclamar si no se localiza al dueño del vehículo fugado?

En muchas ocasiones es difícil localizar la identidad del conductor y del vehículo implicado. En estos casos y, al no existir una entidad aseguradora a la que reclamar, se acude al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), organismo público que actúa como fondo de garantía ante determinados supuestos, entre ellos, cuando en un accidente el infractor no se hace responsable de los daños o resulta imposible conocer la identidad de éste.

La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece en su artículo 11 que el CCS indemnizará a quienes hayan sufrido daños personales en un accidente de tráfico ocurrido en España cuando el vehículo causante sea desconocido por darse a la fuga.

Cuando el accidente con vehículo desconocido haya provocado daños personales significativos (muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal que requiera, al menos, más de siete días de estancia hospitalaria) el consorcio también indemnizará los daños en el vehículo que ha sufrido el accidente pero con una franquicia de 500 euros, lo que significa que si la suma total de los daños es inferior a esa cantidad, el CCS no lo cubre.

¿Qué pasa si el vehículo causante no tiene seguro?

En este caso también corresponde al CCS proceder a la indemnización. El consorcio deberá iniciar los trámites para indemnizar por los daños ocasionados en las personas y en los bienes, cuando el vehículo causante del accidente tenga su estacionamiento en territorio español y no cuente con el seguro obligatorio.

Tendrán derecho a recibir esta indemnización quienes sufran un accidente dentro de España ocasionado por un vehículo sin seguro o con un vehículo con estacionamiento habitual en un tercer país no firmante del acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y de otros Estados asociados.

¿Y si el vehículo culpable del accidente es robado?

La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor también establece la obligación del Consorcio de indemnizar los daños a las personas y en los bienes que sean ocasionados en España por un vehículo que esté asegurado y haya sido objeto de robo.

El consorcio también indemnizará por los daños personales y materiales ocasionados fuera de España por un coche con estacionamiento habitual en nuestro país que esté asegurado y haya sido robado, siempre y cuando el fondo nacional de garantía del otro Estado no asuma funciones de indemnización de los daños producidos por vehículos robados.

Hay que tener en cuenta que cuando el vehículo causante del siniestro no esté asegurado o haya sido robado, el consorcio no indemnizará los daños personales y materiales sufridos por quienes ocuparan voluntariamente el vehículo causante del siniestro sabiendo que éste no estaba asegurado o que había sido robado, siempre que el CCS probase que los ocupantes conocían tales circunstancias.

¿Qué ocurre cuando las víctimas son peatones o ciclistas?

Como aseguran desde el despacho Sanahuja Miranda también se puede reclamar ante el consorcio “cuando las víctimas de un accidente con vehículo a la fuga o sin seguro son peatones y ciclistas”. Igual que en los casos anteriores, peatones y ciclistas tendrán derecho a indemnización tanto por las lesiones que hayan podido sufrir así como por los daños materiales en sus bienes.

¿Qué más casos cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?

El CCS también indemnizará por los daños a las personas y a los bienes cuando la aseguradora con la que tengamos cubierto el seguro obligatorio hubiera sido declarada judicialmente en concurso o, habiendo sido disuelta y encontrándose en situación de insolvencia, estuviera sujeta a un procedimiento de liquidación.

También cubre los daños personales y materiales derivados de accidentes ocasionados por un vehículo importado a España desde otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo siempre que el vehículo no esté asegurado y el accidente haya ocurrido dentro del plazo de 30 días a contar desde que el comprador aceptó la entrega del vehículo.

¿Qué importes cubre el consorcio?

Como asegura Jesús Benavides, abogado de Las Palmas y especialista en seguros, la normativa vigente establece que el Consorcio deberá indemnizar “hasta el límite cuantitativo del seguro obligatorio”.

La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece en su artículo 4 que los importes de la cobertura del seguro obligatorio serán de un máximo de 70 millones de euros por siniestro cuando hay daños a las personas, cualquiera que sea el número de víctimas. El límite de indemnización cuando hay daños en los bienes, generalmente el vehículo, es de 15 millones de euros por siniestro.

El consorcio suele ser rápido en proceder a abonar la indemnización y las víctimas tardan en cobrar unos cinco meses siempre que se sea diligente en la presentación de la reclamación y en la aportación de datos.

Qué consecuencias tiene fugarse?

Fugarse trae graves consecuencias. El acto de huir puede agravar la situación legal y tener sanciones más severas. “Es importante en tales situaciones quedarse en el lugar del accidente y seguir los procedimientos legales adecuados”, recomiendan desde el despacho Sanahuja Miranda.

Jesús Benavides recuerda que si por causa del accidente hubiera lesionados o fallecidos y el causante se diera a la fuga, “incurriría en un delito de abandono del lugar del accidente tipificado en el artículo 382 bis del Código Penal”.

Hay que tener en cuenta que si el accidente hubiera sido por una acción imprudente del autor, el abandono del lugar le podría acarrear una pena de prisión de seis meses a cuatro años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años.

Pero si el origen de los hechos que dan lugar al abandono “fuera fortuito le corresponderá una pena de tres a seis meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de seis meses a dos años”, asegura este abogado.

Además, cuando hay un delito de omisión del deber de socorro, la aseguradora no cubrirá las garantías de contratación voluntaria, de esta forma no compensará los daños causados al vehículo ni las lesiones sufridas por el asegurado que se ha dado a la fuga.

FUENTE: El País

https://elpais.com/economia/mis-derechos/2024-03-14/el-vehiculo-culpable-de-un-accidente-se-da-a-la-fuga-o-no-tiene-seguro-a-quien-reclamar.html

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España ordena "de urgencia" el bloqueo de Worldcoin, el proyecto que escanea el iris a cambio de criptomonedas

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado el bloqueo inmediato de Worldcoin, el controvertido proyecto conocido por ofrecer criptomonedas a cambio de escanear tus ojos. Por primera vez, el organismo que vela por la privacidad en España ha activado un procedimiento "de urgencia" que obliga a Tools for Humanity Corporation, la empresa que hay detrás de esta iniciativa, a "cesar de forma inmediata la recogida y tratamiento de datos" así como a "bloquear todos aquellos datos ya recopilados en el territorio español".

Como ya explicó EL PERIÓDICO, la AEPD había recibido un total de cuatro denuncias ciudadanas, una de ellas procedente de Catalunya, que estaban "en fase de análisis". En esas reclamaciones se acusaba a Worldcoin de "no obtener un consentimiento válido" de los usuarios al no proporcionarles información suficiente sobre el uso de sus datos, pero también de captar a menores y de "no permitir el ejercicio de derechos" como la retirada del consentimiento o la supresión de datos ya recopilados.

Esas "circunstancias excepcionales" han llevado al garante español de la protección de datos a hacer uso del artículo 66.1 del Reglamento General de Protección de Datos, que le da poder para intervenir si lo considera urgente para proteger los derechos y libertades de las personas. Esta "medida cautelar" tiene un periodo de validez que no podrá superar los tres meses.

La decisión de la AEPD solo tiene validez jurídica en España. Así pues, ese bloqueo no afecta a otros países en los que opera Worldcoin. Será el organismo de protección de datos de Baviera (Alemania) el que decida el futuro de este proyecto a escala europea, pues es ahí donde Tools for Humanity tiene la entidad que gestiona los datos recopilados de los usuarios de la Unión Europea.

Proyecto controvertido

Worldcoin es una 'startup' fundada en 2019 por Sam Altman, director ejecutivo de OpenAI, la empresa detrás del conocido ChatGPT. Su misión principal es crear "la mayor red financiera y de identidad del mundo" a través de un sistema que permita identificar a los usuarios en internet. Para ello, escanean el iris de los usuarios, un dato biométrico único, personal e intransferible que convierten en un código de reconocimiento que funciona como un DNI digital y anonimizado. Según explican, los datos recopilados sobre la membrana ocular son después borrados para evitar problemas de privacidad.

Riesgos para la privacidad

Aun así, la AEPD considera que el funcionamiento de esta compañía comporta riesgos sociales, para la intimidad de los usuarios y para su propia identidad. Y es que los datos biométricos como el iris o los rasgos faciales son considerados por la legislación europea como especialmente sensibles, pues su tratamiento "comporta un elevado riesgo para los derechos y libertades de las personas".

Aunque opera en España desde mediados de 2023, Worldcoin volvió a estar en el centro de la polémica el pasado febrero después que cientos de personas hiciesen cola en centros comerciales del país para unirse a este proyecto, una imagen que generó "alarma social". Muchos acudían no por tener interés en su misión, sino porque el escaneo de sus pupilas se recompensa con unos 30 euros en criptomonedas. La aplicación de la compañía funciona como un monedero virtual que permite a los usuarios realizar pagos o transferencias con activos digitales. Worldcoin asegura haber registrado a casi 3,5 millones de personas en todo el mundo y unas 300.000 en España.

FUENTE: El Periódico

https://www.elperiodico.com/es/tecnologia/20240306/espana-investigacion-worldcoin-empresa-criptomonedas-ojos-sam-altman-datos-privacidad-chatgpt-99085314

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El consumo europeo de gas cae al nivel más bajo en diez años Copiar Copiar Copiar

  • España duplica las compras de GNL desde Rusia pese a la guerra de Ucrania

Un invierno con temperaturas suaves. Una mayor consciencia medioambiental y la adopción de medidas de eficiencia energética. El incremento del uso de las renovables. O una reducción militante del consumo como gesto en contra de la guerra de Rusia contra Ucrania.

Por una razón u otra, los europeos han aprendido la lección y han consumido menos gas durante el 2023, de acuerdo con un estudio del Institute for Energy Economics and Financial Analysis (Ieefa) que se hizo público ayer. En concreto, la demanda europea ha caído hasta el nivel más bajo en diez años, unos 452 millones de metros cúbicos (bcm). Solo desde la invasión de Ucrania, en un bienio, el recorte ha sido del 20%. Alemania, Italia y el Reino Unido son los países que más se han apretado el cinturón.

En dos años, los rusos han recibido de los europeos casi 24.000 millones de euros por su gas natural licuado

“Dos años después de la invasión rusa de Ucrania, el sistema energético europeo es más diversificado y resiliente. Por las medidas de eficiencia y porque se han acelerado las instalaciones de energías renovables y bombas de calor. Esto ha preparado al continente para seguir reduciendo la demanda de gas”, dijo Ana María Jaller-Makarewicz, analista para Europa en Ieefa.

Ante el cierre del gasoducto de Rusia por las sanciones, Europa ha apostado por importar gas natural licuado (GNL) por vía marítima, que es bastante más caro. En particular, desde EE.UU. (un 46% del total de sus compras al exterior) y Qatar (un 11,7%). “Después de haber puesto en riesgo la seguridad del suministro energético al depender demasiado de una fuente, Europa debe aprender de sus errores pasados y evitar volverse demasiado dependiente de Estados Unidos, que proporcionó casi la mitad de sus importaciones de GNL el año pasado”.

¿Y Rusia? No hay veto ni sanciones a la compra de GNL procedente de este país, con lo que los europeos siguen financiando la máquina de guerra de Putin pese a que no usan el gasoducto como antes del conflicto. Europa adquirió a Rusia el 9,4% de sus importaciones de GNL en el 2023. Es más, entre el 2021 y el 2023, con la guerra de por medio, el suministro ruso a Europa aumentó un 11%. Esto supone unos 24.000 millones de euros directamente a las arcas de Moscú. Es verdad que en estos datos hay que considerar que los contratos anteriores al conflicto de Ucrania tenían una duración de largo plazo.

España fue el país europeo que recibió más gas ruso en el 2023, con casi 7.000 millones de metros cúbicos. En los últimos dos años, el flujo de gas ruso con destino a las regasificadoras españolas se ha duplicado.

Las terminales europeas que importaron mayores volúmenes de GNL ruso entre el 2021 y el 2023 fueron Zeebrugge (Bélgica), Montoir-de-Bretagne (Francia), Bilbao, Gate (Países Bajos), Dunkerque (Francia) y Mugardos.

Pese al descenso del consumo, los países europeos continúan construyendo nueva infraestructura de GNL: desde febrero del 2022 se han puesto en funcionamiento ocho terminales de importación y se espera que otros 13 proyectos estén operativos para el 2030. España cuenta con siete terminales y es el país europeo con mayor capacidad de regasificación (68.000 millones de metros cúbicos).

Esto significa que la capacidad combinada de las terminales de GNL de Europa podría ser tres veces mayor que su demanda esperada para finales de la década. Una inversión que está en gran parte infrautilizada.

Desde febrero del 2022, Europa ha añadido 53.500 millones de metros cúbicos (bcm) de nueva capacidad de regasificación de GNL. El año pasado, ocho de las 37 terminales de importación de Europa tuvieron tasas de utilización inferiores al 50% (en España fueron cuatro, entre ellas, la de Barcelona).

De acuerdo con datos del Consejo de la UE de la semana pasada, las reservas de gas en los almacenes europeos están casi en máximos. Ahora, en pleno invierno, superan con creces el 80%, cuando en el 2021 estaban cerca del 50%. Europa necesita ahora menos gas, pero lo sigue comprando al país con el que supuestamente está enfrentado.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/20240222/9525592/consumo-europeo-gas-cae-nivel-mas-diez-anos.html

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FONDOS UE

El Gobierno activa 5 líneas del ICO para distribuir hasta 40.000 millones de préstamos europeos

  • Ayudarán a los autónomos y empresas a digitalizarse y avanzar en la transición climática

El Gobierno ha activado este martes las líneas del Instituto de Crédito Oficial (ICO) con las que canalizará 40.000 millones de euros de los préstamos asociados al Plan de Recuperación y que en total ascienden a 83.000 millones de euros procedentes de Bruselas. Estarán en funcionamiento en el segundo trimestre del año.

Según ha informado este martes el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, al término de la reunión del Consejo de Ministros, el ICO, en colaboración con las entidades financieras, al igual que hizo durante la pandemia, habilitará cinco instrumentos de financiación para hacer llegar los préstamos "en condiciones ventajosas" a autónomos, pymes y empresas grandes distribuidas por todo el territorio nacional.

"Estos instrumentos tendrán mayores plazos de amortización, cubrirán hasta el 100% de la financiación del proyecto y requerirán menos trámites administrativos para proyectos de menos de 10.000 euros", ha señalado el ministro, que ha explicado que "la idea es que los ministerios firmen ahora un convenio específico con el ICO para vehicular estos fondos y después empezar a trabajar con las entidades financieras para que se adhieran voluntariamente".

En concreto, el ICO pondrá en marcha cinco instrumentostres facilidades y dos fondos específicos preexistentes que se dotarán con más fondos. Las facilidades son una denominada ICO verde, dotada con 22.000 millones de euros, que fomentará el transporte sostenible, la eficiencia energética y la economía circular, sobre todo destinado a pymes.

La segunda será ICO empresas, con 8.000 millones, y se destinará a ayudar a que las empresas crezcan y sean más productivas y competitivas. Dentro de esta línea se habilitará un compartimento especial de 1.000 millones de euros sólo para el turismo.

En tercer lugar, se habilitará una facilidad para promover la vivienda social en alquiler, dotada con hasta 4.000 millones de euros, con los que se pretende construir 40.000 viviendas.

En cuanto a los fondos, al Spain Audivosual Hub se añadirán 1.700 millones de euros adicionales para dinamizar un sector que el Gobierno considera "clave"; mientras que al ICO NextTech se le darán 4.000 millones de euros para impulsar "la innovación de empresas punteras en tecnología".

El ministro ha señalado que el Gobierno ha dado así "el primer paso para movilizar hasta 40.000 millones de euros a través del ICO que vienen del Plan de Recuperación y que van a ser fundamentales para ayudar a las pymes a transitar en el doble esfuerzo que tienen que hacer en materia climática y de digitalización".

Ha aprovechado para recordar que, de la parte de subvenciones del Plan de Recuperación que España no tiene que devolver a la Comisión, "se han ejecutado la mitad de los fondos y ha llegado a la economía real el 45%". Ha presumido, asimismo, de una "velocidad de crucero en la ejecución mensual, con una media de 1.500 millones de euros".

FUENTE: El Mundo

https://www.elmundo.es/economia/2024/02/27/65ddcce0fdddff1b9e8b45b9.html

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El consumo europeo de gas cae al nivel más bajo en diez años Copiar Copiar

  • España duplica las compras de GNL desde Rusia pese a la guerra de Ucrania

Un invierno con temperaturas suaves. Una mayor consciencia medioambiental y la adopción de medidas de eficiencia energética. El incremento del uso de las renovables. O una reducción militante del consumo como gesto en contra de la guerra de Rusia contra Ucrania.

Por una razón u otra, los europeos han aprendido la lección y han consumido menos gas durante el 2023, de acuerdo con un estudio del Institute for Energy Economics and Financial Analysis (Ieefa) que se hizo público ayer. En concreto, la demanda europea ha caído hasta el nivel más bajo en diez años, unos 452 millones de metros cúbicos (bcm). Solo desde la invasión de Ucrania, en un bienio, el recorte ha sido del 20%. Alemania, Italia y el Reino Unido son los países que más se han apretado el cinturón.

En dos años, los rusos han recibido de los europeos casi 24.000 millones de euros por su gas natural licuado

“Dos años después de la invasión rusa de Ucrania, el sistema energético europeo es más diversificado y resiliente. Por las medidas de eficiencia y porque se han acelerado las instalaciones de energías renovables y bombas de calor. Esto ha preparado al continente para seguir reduciendo la demanda de gas”, dijo Ana María Jaller-Makarewicz, analista para Europa en Ieefa.

Ante el cierre del gasoducto de Rusia por las sanciones, Europa ha apostado por importar gas natural licuado (GNL) por vía marítima, que es bastante más caro. En particular, desde EE.UU. (un 46% del total de sus compras al exterior) y Qatar (un 11,7%). “Después de haber puesto en riesgo la seguridad del suministro energético al depender demasiado de una fuente, Europa debe aprender de sus errores pasados y evitar volverse demasiado dependiente de Estados Unidos, que proporcionó casi la mitad de sus importaciones de GNL el año pasado”.

¿Y Rusia? No hay veto ni sanciones a la compra de GNL procedente de este país, con lo que los europeos siguen financiando la máquina de guerra de Putin pese a que no usan el gasoducto como antes del conflicto. Europa adquirió a Rusia el 9,4% de sus importaciones de GNL en el 2023. Es más, entre el 2021 y el 2023, con la guerra de por medio, el suministro ruso a Europa aumentó un 11%. Esto supone unos 24.000 millones de euros directamente a las arcas de Moscú. Es verdad que en estos datos hay que considerar que los contratos anteriores al conflicto de Ucrania tenían una duración de largo plazo.

España fue el país europeo que recibió más gas ruso en el 2023, con casi 7.000 millones de metros cúbicos. En los últimos dos años, el flujo de gas ruso con destino a las regasificadoras españolas se ha duplicado.

Las terminales europeas que importaron mayores volúmenes de GNL ruso entre el 2021 y el 2023 fueron Zeebrugge (Bélgica), Montoir-de-Bretagne (Francia), Bilbao, Gate (Países Bajos), Dunkerque (Francia) y Mugardos.

Pese al descenso del consumo, los países europeos continúan construyendo nueva infraestructura de GNL: desde febrero del 2022 se han puesto en funcionamiento ocho terminales de importación y se espera que otros 13 proyectos estén operativos para el 2030. España cuenta con siete terminales y es el país europeo con mayor capacidad de regasificación (68.000 millones de metros cúbicos).

Esto significa que la capacidad combinada de las terminales de GNL de Europa podría ser tres veces mayor que su demanda esperada para finales de la década. Una inversión que está en gran parte infrautilizada.

Desde febrero del 2022, Europa ha añadido 53.500 millones de metros cúbicos (bcm) de nueva capacidad de regasificación de GNL. El año pasado, ocho de las 37 terminales de importación de Europa tuvieron tasas de utilización inferiores al 50% (en España fueron cuatro, entre ellas, la de Barcelona).

De acuerdo con datos del Consejo de la UE de la semana pasada, las reservas de gas en los almacenes europeos están casi en máximos. Ahora, en pleno invierno, superan con creces el 80%, cuando en el 2021 estaban cerca del 50%. Europa necesita ahora menos gas, pero lo sigue comprando al país con el que supuestamente está enfrentado.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/20240222/9525592/consumo-europeo-gas-cae-nivel-mas-diez-anos.html

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El consumo europeo de gas cae al nivel más bajo en diez años Copiar

  • España duplica las compras de GNL desde Rusia pese a la guerra de Ucrania

Un invierno con temperaturas suaves. Una mayor consciencia medioambiental y la adopción de medidas de eficiencia energética. El incremento del uso de las renovables. O una reducción militante del consumo como gesto en contra de la guerra de Rusia contra Ucrania.

Por una razón u otra, los europeos han aprendido la lección y han consumido menos gas durante el 2023, de acuerdo con un estudio del Institute for Energy Economics and Financial Analysis (Ieefa) que se hizo público ayer. En concreto, la demanda europea ha caído hasta el nivel más bajo en diez años, unos 452 millones de metros cúbicos (bcm). Solo desde la invasión de Ucrania, en un bienio, el recorte ha sido del 20%. Alemania, Italia y el Reino Unido son los países que más se han apretado el cinturón.

En dos años, los rusos han recibido de los europeos casi 24.000 millones de euros por su gas natural licuado

“Dos años después de la invasión rusa de Ucrania, el sistema energético europeo es más diversificado y resiliente. Por las medidas de eficiencia y porque se han acelerado las instalaciones de energías renovables y bombas de calor. Esto ha preparado al continente para seguir reduciendo la demanda de gas”, dijo Ana María Jaller-Makarewicz, analista para Europa en Ieefa.

Ante el cierre del gasoducto de Rusia por las sanciones, Europa ha apostado por importar gas natural licuado (GNL) por vía marítima, que es bastante más caro. En particular, desde EE.UU. (un 46% del total de sus compras al exterior) y Qatar (un 11,7%). “Después de haber puesto en riesgo la seguridad del suministro energético al depender demasiado de una fuente, Europa debe aprender de sus errores pasados y evitar volverse demasiado dependiente de Estados Unidos, que proporcionó casi la mitad de sus importaciones de GNL el año pasado”.

¿Y Rusia? No hay veto ni sanciones a la compra de GNL procedente de este país, con lo que los europeos siguen financiando la máquina de guerra de Putin pese a que no usan el gasoducto como antes del conflicto. Europa adquirió a Rusia el 9,4% de sus importaciones de GNL en el 2023. Es más, entre el 2021 y el 2023, con la guerra de por medio, el suministro ruso a Europa aumentó un 11%. Esto supone unos 24.000 millones de euros directamente a las arcas de Moscú. Es verdad que en estos datos hay que considerar que los contratos anteriores al conflicto de Ucrania tenían una duración de largo plazo.

España fue el país europeo que recibió más gas ruso en el 2023, con casi 7.000 millones de metros cúbicos. En los últimos dos años, el flujo de gas ruso con destino a las regasificadoras españolas se ha duplicado.

Las terminales europeas que importaron mayores volúmenes de GNL ruso entre el 2021 y el 2023 fueron Zeebrugge (Bélgica), Montoir-de-Bretagne (Francia), Bilbao, Gate (Países Bajos), Dunkerque (Francia) y Mugardos.

Pese al descenso del consumo, los países europeos continúan construyendo nueva infraestructura de GNL: desde febrero del 2022 se han puesto en funcionamiento ocho terminales de importación y se espera que otros 13 proyectos estén operativos para el 2030. España cuenta con siete terminales y es el país europeo con mayor capacidad de regasificación (68.000 millones de metros cúbicos).

Esto significa que la capacidad combinada de las terminales de GNL de Europa podría ser tres veces mayor que su demanda esperada para finales de la década. Una inversión que está en gran parte infrautilizada.

Desde febrero del 2022, Europa ha añadido 53.500 millones de metros cúbicos (bcm) de nueva capacidad de regasificación de GNL. El año pasado, ocho de las 37 terminales de importación de Europa tuvieron tasas de utilización inferiores al 50% (en España fueron cuatro, entre ellas, la de Barcelona).

De acuerdo con datos del Consejo de la UE de la semana pasada, las reservas de gas en los almacenes europeos están casi en máximos. Ahora, en pleno invierno, superan con creces el 80%, cuando en el 2021 estaban cerca del 50%. Europa necesita ahora menos gas, pero lo sigue comprando al país con el que supuestamente está enfrentado.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/20240222/9525592/consumo-europeo-gas-cae-nivel-mas-diez-anos.html

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El consumo europeo de gas cae al nivel más bajo en diez años

  • España duplica las compras de GNL desde Rusia pese a la guerra de Ucrania

Un invierno con temperaturas suaves. Una mayor consciencia medioambiental y la adopción de medidas de eficiencia energética. El incremento del uso de las renovables. O una reducción militante del consumo como gesto en contra de la guerra de Rusia contra Ucrania.

Por una razón u otra, los europeos han aprendido la lección y han consumido menos gas durante el 2023, de acuerdo con un estudio del Institute for Energy Economics and Financial Analysis (Ieefa) que se hizo público ayer. En concreto, la demanda europea ha caído hasta el nivel más bajo en diez años, unos 452 millones de metros cúbicos (bcm). Solo desde la invasión de Ucrania, en un bienio, el recorte ha sido del 20%. Alemania, Italia y el Reino Unido son los países que más se han apretado el cinturón.

En dos años, los rusos han recibido de los europeos casi 24.000 millones de euros por su gas natural licuado

“Dos años después de la invasión rusa de Ucrania, el sistema energético europeo es más diversificado y resiliente. Por las medidas de eficiencia y porque se han acelerado las instalaciones de energías renovables y bombas de calor. Esto ha preparado al continente para seguir reduciendo la demanda de gas”, dijo Ana María Jaller-Makarewicz, analista para Europa en Ieefa.

Ante el cierre del gasoducto de Rusia por las sanciones, Europa ha apostado por importar gas natural licuado (GNL) por vía marítima, que es bastante más caro. En particular, desde EE.UU. (un 46% del total de sus compras al exterior) y Qatar (un 11,7%). “Después de haber puesto en riesgo la seguridad del suministro energético al depender demasiado de una fuente, Europa debe aprender de sus errores pasados y evitar volverse demasiado dependiente de Estados Unidos, que proporcionó casi la mitad de sus importaciones de GNL el año pasado”.

¿Y Rusia? No hay veto ni sanciones a la compra de GNL procedente de este país, con lo que los europeos siguen financiando la máquina de guerra de Putin pese a que no usan el gasoducto como antes del conflicto. Europa adquirió a Rusia el 9,4% de sus importaciones de GNL en el 2023. Es más, entre el 2021 y el 2023, con la guerra de por medio, el suministro ruso a Europa aumentó un 11%. Esto supone unos 24.000 millones de euros directamente a las arcas de Moscú. Es verdad que en estos datos hay que considerar que los contratos anteriores al conflicto de Ucrania tenían una duración de largo plazo.

España fue el país europeo que recibió más gas ruso en el 2023, con casi 7.000 millones de metros cúbicos. En los últimos dos años, el flujo de gas ruso con destino a las regasificadoras españolas se ha duplicado.

Las terminales europeas que importaron mayores volúmenes de GNL ruso entre el 2021 y el 2023 fueron Zeebrugge (Bélgica), Montoir-de-Bretagne (Francia), Bilbao, Gate (Países Bajos), Dunkerque (Francia) y Mugardos.

Pese al descenso del consumo, los países europeos continúan construyendo nueva infraestructura de GNL: desde febrero del 2022 se han puesto en funcionamiento ocho terminales de importación y se espera que otros 13 proyectos estén operativos para el 2030. España cuenta con siete terminales y es el país europeo con mayor capacidad de regasificación (68.000 millones de metros cúbicos).

Esto significa que la capacidad combinada de las terminales de GNL de Europa podría ser tres veces mayor que su demanda esperada para finales de la década. Una inversión que está en gran parte infrautilizada.

Desde febrero del 2022, Europa ha añadido 53.500 millones de metros cúbicos (bcm) de nueva capacidad de regasificación de GNL. El año pasado, ocho de las 37 terminales de importación de Europa tuvieron tasas de utilización inferiores al 50% (en España fueron cuatro, entre ellas, la de Barcelona).

De acuerdo con datos del Consejo de la UE de la semana pasada, las reservas de gas en los almacenes europeos están casi en máximos. Ahora, en pleno invierno, superan con creces el 80%, cuando en el 2021 estaban cerca del 50%. Europa necesita ahora menos gas, pero lo sigue comprando al país con el que supuestamente está enfrentado.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/20240222/9525592/consumo-europeo-gas-cae-nivel-mas-diez-anos.html

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