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Alquiler de vivienda: cómo se declara el IRPF y qué gastos me puedo deducir

Sin duda. El artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dispone que tendrán la consideración de rendimientos íntegros procedentes de la titularidad de bienes inmuebles rústicos y urbanos o de derechos reales que recaigan sobre ellos, todos los que se deriven del arrendamiento o de la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre aquellos, cualquiera que sea su denominación o naturaleza.

En consecuencia, las cantidades o rentas percibidas por el alquiler de una vivienda tienen que declararse en el IRPF como capital inmobiliario. Ahora bien, usted podrá minorar tales cantidades, deduciéndose de las rentas percibidas una serie de gastos igualmente contemplados en la normativa: los intereses de los capitales ajenos (préstamos, créditos, etc.) invertidos en la adquisición o mejora de la vivienda alquilada, los gastos de reparación y conservación del inmueble, los tributos y recargos no estatales, así como las tasas y recargos estatales, cualquiera que sea su denominación, siempre que incidan sobre los rendimientos computados o sobre el bien o derecho productor de aquellos y no tengan carácter sancionador, gastos de formalización del propio contrato, etc.

Fuente: La información

ttps://www.lainformacion.com/vivienda-inmobiliario/alquiler-vivienda-como-declarar-irpf-rentas-gastos-deducibles/2841405/


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¿Para qué sirve el test MiFID que te hacen si quieres invertir?

  • Las preguntas son un paso obligatorio antes de arrancar y definen el camino del inversor

Los españoles siguen confiando en los productos de inversión en este 2021. En lo que llevamos de año, el volumen de activos de fondos de inversión ha crecido hasta los 291.540 millones de euros, según datos de Inverco.

Antes de empezar a invertir, sea en fondos u otros productos, es necesario que la entidad realice al inversor el test MiFID de idoneidad y conveniencia. De obligado cumplimiento,  determina el nivel de conocimientos sobre inversión que tiene la persona y, por tanto, si está o no preparada para invertir y en qué tipo de productos. 

Los expertos del comparador financiero HelpMyCash.com explican la importancia de realizarlo y cómo interpretar algunas de las preguntas más complejas.

Legal

El Test MiFID y la normativa europea

Quien empiece a invertir debería saber que siempre hay un riesgo, ya que puede producir pérdidas o ganancias. Sin embargo, entre los numerosos productos financieros que se pueden escoger, dependerá del conocimiento en finanzas de la persona que sean o no adecuados para ella. Por ejemplo, para alguien que empieza a invertir puede ser más fácil entender un fondo de inversión de gestión activa o un fondo de inversión indexado que los futuros, las opciones o los swaps.

Como explican los expertos de HelpMyCash.com, el test MiFID es obligatorio en todos los países de la Unión Europea y su objetivo es, precisamente, proteger más a los clientes minoristas, en función de sus conocimientos del mercado.

Proviene de la regulación Market in Financial Instruments Directive que se lanzó en el 2007 y se actualizó en el 2018 a la MiFID II. Pretende garantizar que el acceso a la información sobre productos de inversión sea más transparente y controlar que las personas solo inviertan en productos de los cuales conocen los riesgos y las características principales. Una vez se realiza, la entidad determinará si la persona puede o no invertir y a qué tipo de producto tendrá acceso.

Cuestionario

¿Qué preguntas incluye el test MiFID?

Las preguntas que hay que contestar son sencillas y tan solo algunas pueden resultar más complejas. Lo recomendable es responder de forma sincera, ya que determinará el acceso que se tenga a productos más o menos complejos.

Una de las preguntas complejas es sobre el porcentaje de pérdida que el cliente estaría dispuesto a asumir. Como se comenta anteriormente, invertir conlleva riesgos, pero es decisión de cada uno marcar un límite de pérdidas que estaría dispuesto a asumir. Cuanto más riesgo se escoja, más rentabilidad potencial tendrá y viceversa. Los inversores más conservadores quizá prefieran tomar menos riesgo.

Otra de las preguntas que puede crear dudas es sobre cómo actuar en caso de pérdida de capital, en caso de tener un dinero invertido y que haya una pérdida del 10% o 20%. Se puede elegir entre vender todo, mantener o comprar más. Esto determinará también el perfil de inversor y el conocimiento del mercado, ya que marcar vender todo hará perfilarse más como inversor conservador y comprar más corresponde a un inversor más arriesgado.

Un ejemplo más es la pregunta sobre el plazo de inversión, que se refiere al tiempo durante el cual el cliente tiene planeado mantener su dinero invertido, aunque podría retirarlo antes o después si quisiese y si el producto lo permite.

Procesos

Test MiFID y asesoramiento personalizado

Por lo general, las entidades utilizan el test MiFID para determinar si una persona tiene los conocimientos básicos para invertir y qué tipo de productos pueden estar recomendados para ella. Además de esto, hay entidades como los robo advisors que, basándose en este test, recomiendan carteras de inversión ya preconfiguradas que se adaptan al perfil de inversor.

Los robo advisors ofrecen varias carteras con fondos de inversión indexados a los clientes y en función de querer asumir más o menos riesgo aconsejan una u otra. Así, para los inversores principiantes, puede ser una buena forma de tener un primer asesoramiento y, además, con comisiones bajas por el servicio y los productos (comisión anual de menos del 1%). Desde HelpMyCash.com destacan a los robo advisors Indexa CapitalFinizens e inbestMe, los líderes del sector.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/finanzas-personales/20210601/7494025/mifid-test-inversion-invertir-consejos-preguntas.html

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Las novedades que afectan a estos tres impuestos de la vivienda: IRPF, ITP, Sucesiones y Patrimonio

El Congreso de los Diputados ya ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que se ha remitido al Senado para su completa tramitación. Así, este proyecto supone una subida fiscal de las operaciones inmobiliarias en el IRPF, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el de Patrimonio.

Como recoge Idealista, estos cambios normativos que serán aprobados previsiblemente en la Cámara Alta supondrán, entre otras cosas, la reducción del 60% del alquiler en el IRPF si no se declara en la autoliquidación, así como la eliminación de los pactos sucesorios en materia de vivienda o los cambios en la valoración de inmuebles.

¿Cuáles son los cambios en la normativa del IRPF?

Este nuevo Proyecto Ley supone acabar con la reducción del 60% del alquiler del inmueble "a la que tenía derecho el propietario, aunque no hubiera incluido en la autoliquidación todos los ingresos", explican en Idealista. Hasta el momento era suficiente con declarar la existencia de la vivienda, pero a partir de ahora "solo los ingresos incluidos en la autoliquidación se tienen en cuenta para la reducción". 

De tal manera que se modifica el artículo 23.2 de la Ley del IRPF y se incluye lo siguiente: "Esta reducción solo resultará aplicable sobre los rendimientos netos positivos que hayan sido calculados por el contribuyente en una autoliquidación presentada antes de que se haya iniciado un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección que incluya en su objeto la comprobación de tales rendimientos". 

Por otro lado, la nueva ley de lucha contra el fraude fiscal también valora la eliminación del beneficio fiscal de los pactos sucesorios en el IRPF. "Hasta la fecha solo había que tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y no en el IRPF", aclaran en Idealista. Por tanto, se cambiaría el artículo 36 de la Ley del IRPF y, según esta nueva normativa, "el adquiriente de los inmuebles por pacto sucesorio deberá tributar en el IRPF si transmite los bienes antes de que fallezca el causante".

Nueva valoración de los inmuebles

Otro de los cambios que contempla la nueva normativa es que "la base imponible de estos dos impuestos ya no será el valor real de los inmuebles, sino su valor en el mercado", aclaran desde el portal inmobiliario. Así, el valor de referencia será el que determine la Dirección General del Catastro. En este sentido, el valor será calculado a partir de los precios en las transacciones de inmuebles y entrará en vigor en enero de 2022

"Esta nueva valoración de mercado será el valor de referencia de Catastro y, por tanto, afectará tanto al ITP, como al ISyD y al Impuesto sobre el Patrimonio. Así, el contribuyente deberá tributar por dicho valor al comprar, heredar o recibir una vivienda en donación", indican.

FUENTE: 20 minutos

https://www.20minutos.es/noticia/4721274/0/novedades-afectan-estos-impuestos-vivienda-irpf-itp-sucesiones-patrimonio/

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La AEPD publica una nueva versión de su guía para notificar brechas de datos personales

  • El documento tiene como objetivo guiar a los responsables de los tratamientos de datos personales en su obligación de notificarlas a las autoridades de protección de datos y de comunicarlas a las personas cuyos datos se hayan visto afectados
  • Las notificaciones y comunicaciones de brechas que afectan a datos personales son parte de la responsabilidad proactiva establecida en el RGPD
  • La Agencia ha gestionado casi 700 brechas de datos notificadas en 2021, la mayoría producidas por ataques externos e intencionados, siendo el ransomware la amenaza más frecuente

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado hoy una actualización de su ‘Guía para la notificación de brechas de datos personales’, un documento que tiene como objetivo guiar a los responsables de los tratamientos de datos personales en su obligación de notificarlas a las autoridades de protección de datos y comunicárselo a las personas cuyos datos se hayan visto afectados. Esta guía actualiza la versión publicada en 2018, cuando comenzó a aplicarse el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), e incluye la experiencia recogida en este tiempo, tanto a nivel nacional como en relación con los criterios establecidos por el Comité Europeo de Protección de Datos.

El principal propósito de esta actualización es facilitar el cumplimiento de forma eficaz y eficiente de los objetivos últimos de la notificación de brechas de datos personales: la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas, la creación de un entorno más resiliente basado en el conocimiento de las vulnerabilidades de la organización y la garantía de una seguridad jurídica al disponer los responsables de un medio para demostrar diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.

Cualquier organización se encuentra expuesta a sufrir una brecha de datos personales que pueda repercutir en los derechos y libertades de las personas, y está obligada a gestionarla de forma adecuada. Este incidente puede tener un origen accidental o intencionado y, generalmente, ocasiona la destrucción, pérdida, alteración, comunicación o el acceso no autorizado a datos personales. La Guía comienza analizando qué es una brecha de datos personales y qué no lo es en el contexto del marco normativo europeo, nacional y sectorial. A continuación analiza cuándo hay que notificar dicha brecha a la autoridad de control, en qué plazo, o quién y qué contenido debe incluir esa notificación. En lo relativo a la comunicación a las personas afectadas, el documento recoge en qué casos hay que realizarla, el contenido y sus plazos.

Las notificaciones y comunicaciones relativas a brechas que afectan a datos personales forman parte de la responsabilidad proactiva establecida en el RGPD, y el hecho de notificarla o comunicarla no implica necesariamente la imposición de una sanción. De hecho, hacerlo en tiempo y forma es una evidencia de la diligencia de la organización, mientras que no cumplir con esa obligación sí está tipificado como infracción.

La Guía ofrece directrices para facilitar y simplificar el cumplimiento de estas obligaciones y, entre otros puntos, orienta sobre algunos plazos que el RGPD deja abiertos, como la notificación de una brecha de datos personales a la autoridad de control de forma gradual, los plazos para comunicarla a las personas cuyos datos se han visto afectados o los relativos a que los encargados de tratamiento informen a los responsables cuando se produce una brecha.

La Agencia ha gestionado más de 700 brechas de datos notificadas en los primeros cinco meses de 2021. La mayoría de ellas se han producido por un ataque externo e intencionado siendo el ransomware la amenaza más frecuente, comprometiendo no solo la disponibilidad sino también la confidencialidad de los datos personales.

Comunicación a los afectados

Como complemento a la presente Guía, la Agencia dispone de una herramienta llamada ‘Comunica-Brecha RGPD’, que ofrece ayuda a las organizaciones para decidir si deben comunicar o no una brecha de datos a las personas afectadas, una obligación independiente a la de notificar dicha brecha a la autoridad de control.

Este recurso se basa en un breve formulario en el que se recaban detalles que permiten aplicar unos criterios básicos indicativos del riesgo asociado a la brecha. Al completar el formulario, y en función de la información que haya sido facilitada, la herramienta aconsejará tres posibles escenarios: que se debe notificar la brecha de seguridad a las personas afectadas al apreciarse un riesgo alto; que no es necesaria dicha comunicación, o que no se puede determinar el nivel de riesgo. La decisión final debe tomarla el responsable en función de los aspectos específicos del tratamiento y de la brecha concreta. En ningún caso la Agencia almacena los datos consignados durante el proceso.

FUENTE: Agencia Española de Protección de Datos

https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-de-prensa/aepd-publica-nueva-version-guia-brechas

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¿Qué es y cómo funcionará el nuevo impuesto mínimo global para empresas del G7?

  • La OCDE apunta a un aumento de la recaudación de 80.000 millones de dólares
  • EEUU busca con este acuerdo eliminar cualquier intento de Tasa Google
  • Los países podrán gravar al 15% las ganancias en el extranjero de las empresas

Los ministros de Finanzas llegaron a un acuerdo histórico para establecer un tipo impositivo mínimo en el Impuesto de Sociedades en sus jurisdicciones con el objetivo de impulsarlo a nivel global y terminar con las ventajas fiscales que ofrecen algunos países para atraer sedes fiscales grandes multinacionales.

"Nos comprometemos a llegar a una solución equitativa sobre el reparto de los derechos de imposición, concediendo a los países del mercado derechos de imposición sobre al menos el 20% de los beneficios que superen un margen del 10% para las empresas multinacionales más grandes y rentables", señalaba el texto del acuerdo del G7 del pasado sábado.

El objetivo es impedir que las grandes multinacionales deslocalicen su sede a otro país donde tengan un trato fiscal mucho más favorable, además de hacerles pagar en los países donde operan.

La cifra del 15%, aunque por encima del nivel de países como Irlanda, está por debajo del nivel más bajo del G7. Sin embargo, se trata de un primer movimiento para implicar a más actores internacionales.

La Secretaria de Economía de EEUU y exgobernadora de la Reserva Federal, Janet Yellen, ha señalado que este impuesto mínimo global acabará con la carrera tributaria "y garantizará la equidad para la clase media y la gente trabajadora en EEUU y el resto del mundo". Yellen lanzó un llamamiento para terminar una "carrera de 30 años a la baja en las tasas de impuestos corporativos" para atraer a las multinacionales.

¿Por qué ahora un impuesto global y cuál es el problema?

La mayoría de grandes multinacionales buscan rebajar su factura fiscal con el traslado de sus sedes a países con un trato impositivo más favorable. Gracias a esta facilidad, pagan los impuestos en territorios distintos donde realizan las ventas. Por ejemplo, Apple vende sus productos por toda la Unión Europea, pero tributa gran parte de su facturación en Irlanda. El tipo nominal del Impuesto de Sociedades en este país se sitúa en el 12,5%.

A las empresas cada vez les resulta más fácil mover su facturación, las matrices radicadas en países con impuestos más bajos cobran a las filiales en los países donde operan por patentes de medicamentos, software y derechos de propiedad intelectual, deslocalizando la facturación real, lo que permite a las empresas evitar pagar impuestos más altos en sus países de origen tradicionales o donde realizan el negocio.

¿Se terminó las ventajas fiscales que ofrecen algunos países como Irlanda?

El acuerdo del G7 es el primer paso para un plan de largo alcance. La OCDE ha estado coordinando las negociaciones fiscales entre 140 países durante años sobre reglas fiscales para gravar servicios digitales y frenar la erosión de las bases impositivas, incluido un impuesto mínimo corporativo global.

Los países de la OCDE y del G20 pretenden llegar a un acuerdo a mediados de año, pero puede que surjan problemas. EEUU no es partidario de tasas a empresas digitales. Las negociaciones sobre un impuesto mínimo global son técnicamente más simples y menos polémicas. Si hay consenso amplio, será extremadamente difícil para cualquier país con impuestos bajos intentar bloquear un acuerdo.

Irlanda ha resistido a los intentos de la Unión Europea de armonizar las normas fiscales y ahora es poco probable que acepte una tasa mínima más alta sin más. Su economía se ha beneficiado de la localización de grandes compañías internacionales en su territorio. Junto a Suiza, Irlanda intentará que el impuesto mínimo corporativo se acerque lo máximo posible al 12,5% y mantener exenciones para que los tipos efectivos sean más bajos.

Fuente: El Economista.es

https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/11257574/06/21/Que-es-y-como-funcionara-el-nuevo-impuesto-minimo-global-para-empresas-del-G7.html

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Así es el nuevo DNI español que ya se está entregando: guarda tus huellas dactilares y tu foto en un microchip

Con un microchip, escrito en español y en inglés y mucho más difícil de falsificar que sus antecesores. Así es el nuevo DNI español cuyo primer ejemplar se entregó en una comisaria el pasado jueves 2 de junio.

La entrada en vigor de este nuevo Documento Nacional de Identidad (también llamado "DNI Europeo") se produce para cumplir con el reglamento 2918/1157 de la Unión Europea de obligado cumplimiento en todos los estados miembros a partir del 2 de agosto de 2021.

En este sentido, la legislación europea establece una serie de características comunes que deben tener los documentos oficiales de identidad expedidos por sus estados miembros con el fin de homologar su aspecto y funciones entre los distintos países de la Unión.

De este modo, el nuevo DNI incorpora un microchip con capacidad de almacenamiento para guardar la foto, la firma y las huellas dactilares de su portador, además de los certificados de Autenticación y Firma electrónica.

Asimismo, el nuevo DNI cuenta con medidas de seguridad adicionales, tanto visibles como invisibles al ojo, que junto con la presencia del microchip lo convierten en aún más difícil de falsificar que sus predecesores.

Según recuerda la Policía, "los documentos de identidad son un elemento clave en la lucha contra el crimen organizado, el terrorismo y la suplantación de identidad".

Fuente: El mundo.

https://www.elmundo.es/tecnologia/2021/06/04/60b90f6921efa00d268b45ba.html

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La UE lanzará una aplicación para gestionar toda la documentación desde el móvil

Bruselas anunciará este miércoles sus planes para lanzar un monedero digital para los 27 países de la Unión Europea, con el que persigue que los ciudadanos accedan a los servicios públicos y privados en línea de una forma segura e independiente de las grandes compañías de Silicon Valley. Este monedero digital (digital wallet, en inglés) almacenará de forma segura los datos de pago y las contraseñas, y permitirá a los ciudadanos de los Veintisiete acceder a los sitios web de las administraciones de los países miembros o pagar las facturas de los servicios públicos con una única identidad reconocida, según ha anunciado el diario Financial Times.

Esta aplicación permitirá el acceso mediante la huella dactilar o el escáner de retina, entre otros métodos, y servirá a su vez de caja fuerte en la que los usuarios podrán guardar documentos oficiales como el permiso de conducir. Su uso no será obligatorio, si bien, aseguran fuentes comunitarias al rotativo británico, los ciudadanos que decidan inscribirse se beneficiarán de un ecosistema digital más seguro y de una mayor flexibilidad, “ideal para la vida pospandémica”.

La aplicación estará centrada en la garantía de privacidad y seguridad de los datos personales de los usuarios. Para ello, las fuentes sostienen que el comisario de Mercado Interior, Thierry Breton, garantizará una “separación estructural” que evite que las empresas con acceso a los datos de los usuarios utilicen el monedero para desarrollar actividades comerciales, en clara referencia a empresas como Google o Facebook, por ejemplo.

Bruselas mantiene conversaciones con los Estados miembros para establecer directrices sobre las normas técnicas para el despliegue del monedero digital, que se espera que esté plenamente operativo en aproximadamente un año, según el periódico británico.

Una de las grandes aspiraciones tecnológicas de la Comisión Europea es la de impulsar la llamada identidad digital única en todo el territorio comunitario. Esto permitiría que con un mismo usuario digital se pueda, por ejemplo, alquilar un coche en España, acceder a una titulación en Alemania o darse de alta en Netflix en Francia. Y todo, en un entorno en el que el usuario tenga pleno control de sus datos y controle quién puede acceder a ellos y en qué términos. En la actualidad, ya se está probando esta utilidad en el mundo académico, de modo que un título expedido por la Universidad de Granada (por ejemplo) sea válido en el resto de Europa.

Esta identidad única permitiría desarrollar un verdadero mercado digital único en toda Europa. Esta iniciativa forma parte del Reglamento sobre Identificación Electrónica y Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas (Reglamento eIDAS), que busca reforzar el Mercado Único europeo otorgando un nivel de seguridad adecuado a los medios de identificación electrónica y los servicios de confianza.

Para ello, la cadena de bloques puede ser una piedra angular. La Comisión ya cuenta con una red propia: la European Blockchain Services Infrastructure (EBSI), la red común para hacer la administración pública europea sin fronteras.

Fuente: El País.

https://elpais.com/tecnologia/2021-06-01/la-ue-lanzara-una-aplicacion-para-gestionar-toda-la-documentacion-desde-el-movil.html



empleo

El paro baja en 129.378 personas en mayo y marca un descenso récord en un mes desde el año 1996


Nuevo mes y los datos del empleo van marcando el camino de la salida de la crisis para España, aunque lentamente. El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo bajó en 129.378 desempleados en mayo (lo que supone una caída del 3,3%), su mayor retroceso mensual de toda la serie histórica, que se inicia en 1996, según los datos datos que ha publicado este miércoles el Ministerio de Trabajo.

Asimismo, también las cifras de la afiliación resultan positivas, pues se ganaron una media de 211.923 cotizantes respecto al mes de abril (un aumento del 1,1%), lo que situó el número total de ocupados en 19.26 millones de cotizantes. Se trata del mayor aumento desde 2018 y se recuperan los niveles de antes de la pandemia.

Con el avance del paro en mayo, que pone fin a dos meses consecutivos de ascensos, el volumen total de parados alcanzó al finalizar el quinto mes del año la cifra de 3.78 millones de desempleados, su cifra más baja desde finales del verano pasado, también al final de la primera ola de la pandemia.

No obstante, dato de paro de mayo, al igual que ocurrió en los meses anteriores, no incluye a los trabajadores que se encuentran en ERTE, puesto que no cuentan como desempleados. Eso sí, por sectores donde más se redujo fue en servicios, con una bajada de 93.327 personas (un 3,4% menos), seguido del colectivo sin empleo anterior (entre quienes cayó un 2,6%); la industria (con un descenso de un 3%); la agricultura (de un 4,8%) y la construcción (una bajada de un 2,7%).

En cuanto a la afiliación, el aumento de cotizantes supera el de mayo de 2020, cuando se ganaron 97.462 afiliados y es ligeramente mayor que el registrado en el mayo pre pandemia de 2019. Entonces los afiliados se incrementaron en 211.752 ocupados.

Por otro lado, el número de trabajadores en ERTE se situó a 31 de mayo en 542.142 personas, lo que supone 95.439 trabajadores menos que en abril según la fecha de alta del expediente y 96.141 menos en función de la fecha de solicitud del mismo. El Ministerio de Seguridad Social explicó que las fechas de solicitud del ERTE y la de sus efectos pueden ser distintas debido a que existe una "cierta disparidad" entre la fecha de notificación y la fecha en la que produce efectos. Así, puede ocurrir que una empresa comunique a la Seguridad Social un ERTE para su plantilla en el mes de enero, aunque tenga efectos en una fecha anterior, por ejemplo en diciembre.

En todo caso, el Ministerio ha destacado que las cifras de trabajadores en ERTE asociados a la Covid se situaron en mayo en su menor nivel desde el inicio de la pandemia. Desde mayo de 2020, cuando 3,6 millones de trabajadores estaban en ERTE, más del 85% ya lo han abandonado.

Fuente: 20minutos.es

https://www.20minutos.es/noticia/4715755/0/datos-paro-seguridad-social-mayo-crisis-pandemia-vacunas-gobierno-sanchez/

luz

Entran en vigor las nuevas tarifas de luz con tres tramos horarios

Las nuevas tarifas de luz que distinguen tres tramos horarios en función del precio de la electricidad entran en vigor hoy, martes, lo que permitirá reducir la factura eléctrica a los consumidores que logren desplazar parte de su consumo hacia las franjas más económicas: la madrugada y los fines de semana. Este nuevo modelo energético modifica la metodología del cálculo de los peajes de la electricidad, que fija la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y los cargos, aspecto que le corresponde determinar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Ambos condicionantes suponen aproximadamente el 50% de la factura final, mientras que la otra mitad se compone del coste de la energía, el alquiler del equipo de medida y los impuestos.

Con esta modificación, se universaliza la discriminación horaria tanto en los términos de potencia como energía y se unifican todas las tarifas existentes en una única para los consumidores domésticos que contará con tres tramos horarios en función del precio de la electricidad.

El primero de ellos, el punta, tendrá el precio más elevado, seguido del llano, que costará un 69% menos que el periodo punta, y el valle, cuyo precio podría disminuir hasta un 95% en comparación con el primero de los tramos, según los cálculos de la CNMC. En este sentido, el periodo punta irá de las 10:00 a las 14:00 horas y de las 18:00 a las 22:00 horas de lunes a viernes no festivos; mientras que el llano irá de 8:00 a 10:00 horas, de 14:00 a 18:00 y de 22:00 a 24:00. El tramo más económico, el valle, va de 0 a 8 horas de la mañana en los días laborables, así como durante las 24 horas del día los sábados, los domingos y los festivos de ámbito nacional.

Según la CNMC, la diferencia de precio entre los tramos horarios aumenta tanto en potencia contratada como en coste de energía, lo que empujará al consumidor a cambiar sus hábitos de consumo hacia un modelo más eficiente aprovechando los tramos más baratos. Además, el nuevo sistema permite contratar dos potencias diferentes para los periodos punta (que incluye el llano) y valle, permitiendo al consumidor nivelar su consumo en función de la electricidad demandada en cada periodo.

Pese a afectar a todos los consumidores, estos cambios repercutirán principalmente sobre el consumo horario real de la factura de los consumidores acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) o tarifa regulada, que se sitúan alrededor de los 11 millones de consumidores, que además de las tarifas de acceso pagan por la electricidad el coste que tiene en cada hora en el mercado mayorista. Por otro lado, los 16 millones de consumidores presentes en el mercado libre tendrán que esperar a que el comercializador adapte el precio del contrato para incorporar la diferencia de costes regulados o mantenga los precios del contrato trasladando al precio final la diferencia de costes que resultaría para su perfil de consumo.

Para poder tener un consumo más eficiente y económico, la CNMC recomienda adecuar la potencia contratada a las necesidades reales (se permiten dos cambios de potencia gratuitos hasta el 31 de mayo de 2022), evitar la simultaneidad de electrodomésticos y desplazar el consumo a los periodos fuera de las horas punta.

Fuente:

El periódico

https://www.elperiodico.com/es/economia/20210601/entran-vigor-nuevas-tarifas-luz-11782428









ITV 2

Nueva ITV: cuándo empieza y cuáles son las multas y principales novedades

Ahora que llegan las vacaciones de verano, muchos automovilistas quieren poner al día sus coches para poder viajar con seguridad y cumpliendo con la normativa. Una puesta a punto del vehículo que pasa por superar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que muchos habían dejado ‘aparcada’ durante el invierno. Pero, ¿sabías que la nueva ITV de 2021 entra en vigor el próximo martes 1 de junio con cambios en sus normas y multas que van entre los 200 y los 500 euros?

En realidad, los cambios no son muy significativos, y afectarán a una pequeña parte de los automovilistas. Hasta ahora, si se producía un error en el sistema ABS en aquellos coches que no están obligados a llevarlo, se consideraba un falta leve. Pero a partir del 1 de junio, si estos vehículos tienen instalado el sistema de frenada están obligados a que funcione a la perfección. De lo contrario, se considerará una falta grave y no se superará la ITV.

La segunda modificación de la ITV de 2021 juega incluso en favor de los usuarios, ya que a partir de junio los operarios podrán consultar los datos del permiso de circulación de forma telemática a través del registro general de vehículos de la DGT, por lo que la inspección podrá seguir adelante si te has olvidado los documentos impresos. Finalmente se incluirá en la nueva ITV un proceso de matriculación para los vehículos procedentes del Reino Unido, tras la aplicación del Brexit.

Sanciones

Los cambios de la ITV 2021 no sólo afectan a los cambios durante la inspección, sino que también registran modificaciones en las sanciones relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos, con multas que van desde los 200 a los 500 euros dependiendo de tres casos que se puedan dar.

ITV caducada. Tener la ITV fuera de plazo se sancionará a partir del 1 de junio con 200 euros de multa, más la obligatoriedad de pasarla inmediatamente mientras el vehículo no esté dado de baja. Y es que, aunque el coche esté parado en la calle o en un garaje, está obligado a tener la ITV en vigor.

Fuente: El periódico.

https://www.elperiodico.com/es/economia/20210529/nueva-itv-1-de-junio-multas-novedades-11774759


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