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Así puedes reclamar parte del dinero pagado por tu coche si lo compraste entre 2006 y 2013

  • El cártel de los concesionarios' pactó secretamente inflar los precios de los coches
  • 130 concesionarios, 21 fabricantes y 2 consultoras, los implicados en la trama
  • Las indemnizaciones se mueven entre los 2.000 y los 9.000 euros por conductor

El sector del automóvil en España ha chocado contra una ya oficial trama de venta de coches a un mayor precio del fijado por el mercado. El caso conocido como el 'cártel de los concesionarios' y por el que alrededor de diez millones de usuarios pueden reclamar desde 2.000 hasta 9.000 euros según lo pagado entre 2006 y 2013.

Durante siete años, hasta 130 concesionarios de España, 21 fabricantes y 2 consultoras en marcas populares (alrededor del 91% de las firmas compradas) pactaron un aumento de los precios con el claro prejuicio hacia los consumidores. Hecho ya penado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), entre 2015 y 2016, pero que ahora ha contado con dos sentencias favorables por las que se obliga a un concesionario de Audi y Volkswagen a pagar una indemnización de 2.000 euros a un conductor que adquirió un vehículo en 2010.

Esto ha sentado precedente y ha abierto la vía para unos 10 millones de clientes que fueron objeto de "prácticas anticompetitivas". Política que vulnera los principios de la Ley de Defensa de la Competencia y que puede acabar en la devolución de hasta 9.000 euros en algunos casos de automóviles más caros (entre el 10 y el 15% de lo pagado).

Por ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) anima a todos los usuarios que adquirieron un coche entre 2006 y 2013 a apuntarse a su acción colectiva para "resarcirse de los daños causados" durante este periodo de tiempo. Solo por el mero hecho de creer ser uno de los afectados, la institución reclamará en el nombre del interesado tras aportar cuanta más información, mejor (factura o acreditación del pago del alquiler o leasing, ficha técnica del vehículo y contratos firmados por la compra-venta).

¿Qué hay que hacer para denunciar al 'cártel de los concesionarios'?

A través del cuestionario de la OCU, abierto para todos los usuarios registrados, la institución comprobará si el coche en cuestión es uno de los afectados (esta herramienta de la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches te puede ayudar) e informará, en caso de serlo, de los siguientes pasos a dar. Para ello ya está trabajando de cara a obtener unas condiciones económicas ventajosas que incluyan abogado, procurador y perito.

¿Qué marcas son las afectadas?

En la mayoría de firmas populares, las adquiridas por más de un 90% de los conductores españoles, se han detectado casos que afectan a estas compañías: 

Alfa Romeo.

Audi.

BMW.

Chevrolet.

- Chrysler.

Citroën.

Dodge.

Fiat.

Ford.

Honda.

Hyundai.

Jeep.

Kia.

- Lancia.

Land Rover.

Lexus.

Mercedes Benz.

Mitsubishi.

Nissan.

Opel.

Peugeot.

Porsche.

- Renault.

Seat.

Toyota.

- Volkswagen.

Volvo.

FUENTE: El Economista

https://www.eleconomista.es/actualidad/noticias/11462515/11/21/Asi-puedes-reclamar-parte-del-dinero-pagado-por-tu-coche-si-lo-compraste-entre-2006-y-2013.html

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El Gobierno concede un último día de vacío legal al impuesto de plusvalía municipal

El decreto que establece el nuevo sistema de cálculo del tributo, publicado este martes en el BOE, entrará en vigor mañana

El decreto-ley que reforma el impuesto de plusvalía no entrará en vigor hasta mañana. Así lo determina el texto de la nueva norma, publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) tras su aprobación el lunes en el Consejo de Ministros. De ese modo, los contribuyentes gozan hoy de un último día de vacío legal, en la práctica de exención fiscal, en el que cerrar operaciones antes de que entre en vigor el nuevo impuesto. El nuevo impuesto resultará más gravoso para los contribuyentes que traspasen el inmueble en un plazo inferior a cinco años desde que lo adquirieron. Así que para estos, ese día extra podría ser más beneficioso.

El Gobierno tuvo que modificar el tributo tras una sentencia del Tribunal Constitucional, del pasado 26 de octubre, que anulaba el esquema para determinar la base imponible del impuesto, que se exige a quienes hereden, reciban en donación o vendan un inmueble. Esta decisión ha hecho imposible, en la práctica, el cálculo y cobro del gravamen a partir de la fecha del fallo, y las compraventas, donaciones y herencias que se han venido produciendo desde ese día quedaron sin impuesto en vigor.

En algunos casos, este limbo ha acelerado operaciones, como reconocen distintos despachos legales y el texto del decreto, que señala que “el vacío legal ocasionado por la sentencia podría provocar distorsiones inminentes en el mercado inmobiliario, en cuanto que puede suponer un incentivo para acelerar de forma urgente operaciones inmobiliarias con la única finalidad de aprovechar la coyuntura de ‘no tributación’ antes de que fuera aprobada la nueva normativa del impuesto”. Y todavía quedan unas horas antes de que se aplique la nueva fórmula de cálculo, que adapta la base imponible a la evolución del mercado inmobiliario, como exigía el Constitucional.

Ahora el contribuyente podrá elegir la más favorable entre dos fórmulas de cálculo de la base imponible: una estimación objetiva parecida a la que hasta ahora estuvo en vigor, basada en valores catastrales y coeficientes que varían en función de los años transcurridos entre la adquisición del inmueble y su venta, y otra que toma como referencia la diferencia entre el precio real de compra y transmisión. El tributo, conocido oficialmente como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), grava la parte de plusvalía que se logra en la operación inmobiliaria gracias a la revalorización del suelo público donde la vivienda está construida.

Lo más habitual es que las leyes entren en vigor un día después de su publicación en el BOE, pero en los casos más urgentes el Gobierno ha acelerado su aprobación, determinando que empezaran a tener efectos en el mismo día de su publicación. Había dudas sobre lo que ocurriría en este caso, pero finalmente la reforma del impuesto no entrará en vigor hasta este miércoles 10 de noviembre. Eso concede mayor seguridad jurídica en una norma que algunos expertos ya cuestionan por el hecho de haber sido aprobada como decreto ley y no como ley ordinaria, siguiendo el trámite parlamentario, al existir una reserva de ley cuando se modifican aspectos fundamentales de un impuesto, entre ellos la base imponible.

En la exposición de motivos del texto, el Gobierno trata de blindar el uso del decreto ley acudiendo a la propia doctrina del Tribunal Constitucional, a la que cita profusamente. El Ejecutivo no solo sostiene que la aprobación de la norma era de extraordinaria y urgente necesidad, sino que el instrumento elegido no altera sensiblemente la posición del contribuyente: “Cabe afirmar que las medidas tributarias contenidas en este real decreto-ley no vulneran el citado artículo 31 de la Constitución ya que (…) no alteran ‘de manera relevante la presión fiscal que deben soportar los contribuyentes y, por consiguiente, no ha provocado un cambio sustancial de la posición de los ciudadanos en el conjunto del sistema tributario, de manera que no ha afectado a la esencia del deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos que enuncia el artículo 31.1 CE”.

La exposición de motivos añade: “La reforma de la normativa reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que se contiene en este real decreto-ley no supone, en modo alguno, la creación ex novo de un tributo, sino que se trata de una reforma parcial que se limita a introducir un nuevo supuesto de no sujeción y a modificar el método de determinación de la base imponible”. Y concluye: “La reforma no altera sensiblemente la posición del obligado a contribuir según su capacidad económica en el conjunto del sistema tributario, ya que el impuesto que se reforma no constituye uno de los pilares estructurales del sistema tributario español”.

El decreto ley, por lo demás, no dice nada acerca del periodo de vacío que se ha producido desde la sentencia del 26 de octubre hasta que entre en vigor mañana la nueva norma. Pero reconoce que la anulación de varias disposiciones de la ley que regulaba hasta ahora el impuesto “supone su expulsión del ordenamiento jurídico, dejando un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilidad”.

Con ello, certifica implícitamente que el impuesto no ha sido exigible para las operaciones en que se hubiera devengado desde el 26 de octubre hasta el 9 de noviembre. Hoy es el último día con ese vacío legal.

FUENTE: El País

https://elpais.com/economia/2021-11-09/el-gobierno-concede-un-ultimo-dia-de-vacio-legal-al-impuesto-de-plusvalia-municipal.html

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La economía crea 159.478 empleos y el paro cae en octubre por primera vez en 46 años

Otros 48.512 trabajadores abandonaron los ERTE el mes pasado con lo que quedan en esta siguación 190.718 empleados

El mercado laboral sigue recuperándose de manera intensiva y parece que en esta ocasión no le ha pasado factura el final de la temporada turística. En octubre la economía generó 159.478 nuevos empleos con lo que los cotizantes a la seguridad social llegan ya a 19,6 millones de afiliados, según los datos facilitados hoy por el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Pero, además, el número de desempleados bajó en 734 personas y esta cifra, que puede parecer anecdótica por ser muy baja es relevante porque se trata de la primera vez en 46 años, desde 1975, que el paro registrado cae en un mes de octubre, según la información facilitada hoy por el Ministerio de Trabajo.

En total se registran 3.257.068 de desempleados, tras una racha de ocho meses de descensos acumulados, otro dato poco frecuente. La muestra de que la caída del paro es consistente es que la cifra corregida de variaciones estacionales refleja también una caída de 80.065 personas.

También el dato desestacionalizado de afiliación a la Seguridad Social indica la fortaleza de la recuperación ya que en octubre creció en 102.474 trabajadores respecto al mes anterior, un incremento que duplica a los registrados el mismo mes en los dos ejercicios precedentes. Se acumulan así seis meses consecutivos de incrementos, que suman un total de 642.539 ocupados al sistema, en términos desestacionalizados.

Otro buen dato es que el mes pasado otros 48.512 trabajadores abandonaron los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), con lo que el número de asalariados en esta situación baja a 190.718. De esta forma, ya se han incorporado el 94,7% de los empleados que llegaron a tener su empleo suspendido por la crisis.

El Gobierno espera, además, que en noviembre se produzca un "descenso muy significativo" del número de trabajadores en ERTE, ya que la última prórroga de este mecanismo exigía que todas las empresas con trabajadores suspendidos volvieran a solicitar a la autoridad laboral el expediente de regulación y, si querían mayores ayudas debían además presentar un plan de formación para sus trabajadores. Estos dos nuevos requisitos, junto a la eliminación prácticamente total de las restricciones sanitarias a la actividad, harán que muchas empresas abandonen los ERTE, según ha explicado hoy el secretario de Estado de Seguridad Social, Israel Arroyo.

Dónde está el nuevo empleo

Analizando el comportamiento detallado por sectores de acitivdad hay cuatro que cláramente han registrado los mayores tirones del empleo. El que más incrementó sus afiliados (con el dato desestacionalizado) en términos porcentuales fue el de las actividades relacionadas con el empleo (agencias de colocación, ETT), con un avanzce de casi 10.000 empleos, un 4,2% más respecto a septiembre. Seguidamente la recuperación ha empezado ya a llegar al mundo del espectáculo y las artes escénicas, donde se registraron 2.327 nuevos ocupados (un 3,8% más). Mientras que los sectores de comidas y bebidas (25.045 afiliados más), servicios de alojamiento (6.611) y confección de prendas de vestir (919), se anotaron todos alzas del empleo superiores al 2% en el mes.

Si bien, atendiendo a otra clasificación del registro de Seguridad Social, fue el sector de la educación, con 134.172 nuevos afiliados el que batió todos los récord de afiliación al crecer la ocupación un elevado 15% en un solo mes.

FUENTE: Cinco Días

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/11/03/economia/1635925537_433734.html

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El Constitucional anula el impuesto municipal de plusvalía

La sentencia declara ilegal esta figura impositiva, que ya había sufrido limitaciones en resoluciones anteriores

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el impuesto de plusvalía, lo que supone su anulación, y dejará de cobrarse por parte de los Ayuntamientos. Se trata de la tercera sentencia que el alto tribunal dicta contra este controvertido impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), un tributo que aporta alrededor de 2.500 millones a las arcas locales y que se aplica cuando se vende, hereda o dona un inmueble. Aunque los magistrados ya se han pronunciado sobre la legalidad del impuesto, aún tienen que redactar la sentencia, que tardará unos días en publicarse.

La razón que esgrime el Constitucional es que el cálculo de la base imponible [la cuantía sobre la que se aplica el tributo] se hace con unos parámetros objetivos que no siempre respetan la plusvalía realmente obtenida. El tribunal considera, por tanto, que el gravamen atenta contra el principio de “capacidad económica”, garantizado por el artículo 31 de la Constitución. La norma anulada fue aprobada durante la etapa del Gobierno de José María Aznar (PP), refundiendo otras anteriores y se había venido aplicando desde entonces, salvo supuestos excepcionales. En los últimos años ha habido miles de reclamaciones de particulares. Cuando se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto sobre plusvalía al Ayuntamiento donde esté la vivienda. En el caso de una donación o herencia, en cambio, es la persona que recibe el bien quien deberá liquidar el tributo ante el Ayuntamiento en el que se ubique el inmueble.

La mayoría de los Ayuntamientos, como el de Madrid, opta por la fórmula de autoliquidación, de manera que el contribuyente calcula la cuota tributaria. En los casos de liquidación administrativa, es el municipio el que realiza el cálculo. En ambos casos, hay un periodo de 30 días para abonar el impuesto.

El tribunal de garantías ya se había pronunciado con anterioridad sobre la inconstitucionalidad de este impuesto en supuestos extremos, pero hasta ahora respetando la regulación general. A partir de esta nueva resolución se anula toda posibilidad de que los ayuntamientos puedan percibir el impuesto de plusvalía, desde este martes, como fecha del fallo. A consecuencia de esta sentencia del Constitucional, los consistorios tendrán que devolver todas las cuantías que habían sido impugnadas, pendientes de resolución, ya estuviera la reclamación planteada por vía administrativa o judicial.

Los preceptos que se declaran inconstitucionales, y por tanto nulos, son los artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 a) y 107.4 del Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales. La sentencia —de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, del sector conservador— considera que estas normas son inconstitucionales por el hecho de establecer “un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento”.

El fallo no afecta a las cuantías que han sido normalmente abonadas, y que no fueron impugnadas, antes de la fecha de aprobación de la sentencia. La sentencia cuenta con el voto particular concurrente —de acuerdo con el fondo, pero con argumentos distintos— del presidente Juan José González Rivas y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer, ambos del sector progresista del tribunal.

Para calcularlo la plusvalía hay que multiplicar el valor catastral del suelo por el número de años en que se ha tenido en propiedad. A esta cifra habrá que aplicarle el porcentaje anual correspondiente, que no suele superar el 3,5%. Al importe que resulte de esta operación, se le aplica el tipo impositivo, que suele ser del 30%.

FUENTE: El País

https://elpais.com/economia/2021-10-26/el-constitucional-anula-el-impuesto-municipal-de-plusvalia.html

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El BOE informa: este es el calendario laboral de 2022 con los todos festivos nacionales y autonómicos

  • Cada CC.AA. tiene 14 festivos; 8 son iguales en toda España...
  • ... y dos corresponden a cada ayuntamiento situarlos en el calendario

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el calendario laboral oficial de 2022. Señalando las 17 comunidades autónomas, así como Ceuta y Melilla, el texto recoge los 12 festivos que corresponden a cada región donde cada ayuntamiento debe incluir posteriormente otros dos días de libranza. Todo hasta completar las 14 fechas señaladas (una más que en 2021), en las que para este próximo año ocho son comunes a toda España.

En la recta final del año, la Dirección General del Trabajo ha informado de la totalidad del calendario laboral de 2022. Con el fin de "dar publicidad a las fiestas laborales", tal y como se refleja en el BOE, el documento recoge la posibilidad de pasar a lunes los festivos que caigan en domingo, así como da facultad a las CC.AA. para elegir entre un determinado número de fechas siempre y cuando no superen las 14 fiestas.

Con todo ello, para los siguientes 365 días se determinan ocho festividades conjuntas para todo el territorio nacional. Estas son, según su orden cronológico, el 1 y 6 de enero (Año Nuevo y Epifanía del Señor, respectivamente), 15 de abril (Viernes Santo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 y 8 de diciembre (Día de la Constitución Española e Inmaculada Concepción, respectivamente).

El 26 de diciembre pasa a ser festivo en la mayoría de autonomías al caer Navidad en domingo

Además, el 14 de abril (Jueves Santo) es festivo en toda España salvo Cataluña, que coge el 6 de junio a cambio (Lunes de Pascua Granada), y el 26 de diciembre (lunes siguiente a la Natividad del Señor) salvo también Cataluña -que interpreta este día como San Esteban-, Galicia, País Vasco, Comunidad Valenciana y Ceuta.

Por último, el calendario recoge ciertas especificidades para Canarias, con fiestas locales según cada isla (puede consultarse cada una al final de este documento), así como para el territorio de Arán en Cataluña. En esta pequeña región, el BOE dispone que el día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituido por el 17 de junio (Fiesta de Arán).

Andalucía

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 28 de febrero (lunes). Día de Andalucía.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes). Lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Aragón

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 23 de abril (sábado). Día de Aragón.

- 2 de mayo (lunes). Lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Asturias

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes). Lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 8 de septiembre (jueves). Día de Asturias.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Baleares

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 1 de marzo (martes). Día de las Islas Baleares.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 18 de abril (lunes). Lunes de Pascua.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Canarias

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 30 de mayo (lunes). Día de Canarias.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Cantabria

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 25 de julio (lunes). Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 15 de septiembre (jueves). La Bien Aparecida.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Castilla-La Mancha

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 31 de mayo (martes). Día de Castilla-La Mancha.

- 16 de junio (jueves). Corpus Christi.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Castilla y León

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 23 de abril (sábado). Fiesta de Castilla y León.

- 2 de mayo (lunes). Lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Cataluña

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 18 de abril (lunes). Lunes de Pascua.

- 6 de junio (lunes). Lunes de Pascua Granada.

- 24 de junio (viernes). San Juan.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). San Esteban.

Extremadura

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes). Lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 8 de septiembre (jueves). Día de Extremadura.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Galicia

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 17 de mayo (martes). Día de las Letras Gallegas.

- 24 de junio (viernes). San Juan.

- 25 de julio (lunes). Día de Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 8 de septiembre (jueves). Día de Asturias.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

Comunidad de Madrid

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes). Día de la Comunidad de Madrid.

- 25 de julio (lunes). Día de Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Región de Murcia

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes). Lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo.

- 9 de junio (jueves). Día de la Región de Murcia.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Navarra

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 18 de abril (lunes). Lunes de Pascua.

- 25 de julio (lunes). Día de Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

País Vasco

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 18 de abril (lunes). Lunes de Pascua.

- 25 de julio (lunes). Día de Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 6 de septiembre (martes). V Centenario Vuelta al Mundo.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

La Rioja

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 18 de abril (lunes). Lunes de Pascua.

- 9 de junio (jueves). Día de La Rioja.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

Comunidad Valenciana

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 19 de marzo (sábado). San José.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 18 de abril (lunes). Lunes de Pascua.

- 24 de junio (viernes). San Juan.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

Ceuta

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 9 de julio (sábado). Día del Sacrificio-Eidul Adha.

- 5 de agosto (viernes). Nuestra Señora de África.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 2 de septiembre (viernes). Día de Ceuta.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

Melilla

- 1 de enero (sábado). Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves). Epifanía del Señor.

- 14 de abril (jueves). Jueves Santo.

- 15 de abril (viernes). Viernes Santo.

- 3 de mayo (martes). Fiesta del Eid Fitr.

- 11 de julio (lunes). Fiesta del Sacrificio-Aid Al Adha.

- 15 de agosto (lunes). Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles). Día de la Hispanidad.

- 1 de noviembre (martes). Día de Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes). Día de la Constitución.

- 8 de diciembre (jueves). Día de la Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre (lunes). Festivo al caer el 25 de diciembre, Navidad, en domingo.

* Además quedan por incluir en todas las CC.AA. los dos días que cada ayuntamiento elige como festividades. locales.

FUENTE: El Economista

https://www.eleconomista.es/actualidad/noticias/11444785/10/21/El-BOE-informa-este-es-el-calendario-laboral-de-2022-con-los-todos-festivos-nacionales-y-autonomicos.html

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La alimentación y el comercio anuncian subidas de precios

  • El margen para contener la inflación en la distribución empieza a agotarse

El margen del sector comercial y de la alimentación para contener la inflación empieza a agotarse. Todo dependerá de la duración y la intensidad de esta “tormenta perfecta”, en palabras de Ignacio González, presidente de la Asociación de Fabricantes y Distribuidores (Aecoc), que afecta a España y al resto de países europeos desde hace meses: precio de la electricidad desbocado, coste del transporte marítimo en máximos históricos y alza constante de las materias primas. Pero desde el sector advierten ya que no podrán aguantar precios por mucho tiempo más.

“Depende de la evolución de la tormenta perfecta y de la capacidad de absorción que tengamos las empresas, aunque probablemente habrá inflación”, auguró González durante el 36.º Congreso de Gran Consumo de Aecoc, que se celebra entre ayer y hoy en Barcelona.

La tensión alcista afecta a unos sectores más que a otros. De momento, los productores reclaman una mejor retribución por parte de los supermercados y sus intermediarios y han llegado a protagonizar protestas durante el verano. Como consecuencia, Mercadona, líder de la distribución alimentaria en España, anunció una subida en el precio de la leche en sus lineales el pasado agosto.

El gran consumo confía en el ahorro embalsado para cerrar una buena campaña de Navidad

No será el último paso en este sentido, según avanzaron algunas compañías en la jornada de Aecoc del miércoles, donde se reunieron cerca de 900 directivos. “Vamos a tener que subir precios”, dijo la consejera delegada de Frit Ravich, Judith Viader. En su caso, algunas materias primas fundamentales para su actividad, como el maíz, han sufrido un importante incremento de costes. “Estamos estudiando ahora el impacto de la subida de los frutos secos, y a ver cómo repercute esta situación en toda la cadena de valor”, añadió. Pese a ello, esta empresa familiar catalana está aumentando ventas a doble dígito este año respecto al 2020, y espera cerrar el ejercicio con una caída del 5 % frente al 2019. Para el próximo año, si el ritmo de ventas continúa, prevé alcanzar el nivel de facturación prepandemia (250 millones de euros).

El consejero delegado de la empresa Angulas Aguinaga –propietaria de marcas como Krissia, La Gula del Norte o Aguinamar– afirmó también en el mismo foro que ya han subido precios de algunos productos para “proteger la estructura financiera” y mantener la liquidez para futuras inversiones. Mientras que el consejero de Campofrío, Javier Dueñas, afirmó que todo el sector sigue de cerca la espiral inflacionista y su repercusión en el consumo. En cuanto a la compañía que dirige, explicó que aún no tiene una “posición fijada” sobre un eventual aumento de precio de sus productos, “pero en el caso de que esto continúe así, va a haber que afrontar” esta situación.

El precio de los alimentos y las bebidas no alcohólicas ha aumentado hasta la fecha un 1,4%, lejos del 4% general del IPC adelantado. Entre los alimentos básicos que más han subido estos meses destaca el aceite de oliva (+22%) y en el caso de la producción de leche ya ha habido conflictos laborales. Los productores apuntan a que una de las causas de este importante incremento ha sido precisamente los costes de producción asociados a la subida de la luz. La inflación, en todo caso, no sería un problema si los sueldos y los ingresos de las empresas creciesen al mismo ritmo. Pero no es el caso. Los salarios pactados en convenio colectivo crecieron hasta julio un 1,54%, cifra inferior a la inflación registrada en ese mismo mes, según la estadística de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo. De esta manera, los trabajadores amparados por la negociación colectiva están per-diendo poder adquisitivo.

El sector descarta riesgo de desabastecimiento y pide al Gobierno que no suba impuestos

El escenario para el sector comercial y de la distribución presenta, pues, riesgos. Ahora bien, confían en el ahorro embalsado durante la pandemia para cerrar una buena campaña de Navidad. “Somos moderadamente optimistas”, aseguró Ignacio González. “Es la medida más cortoplacista para poder compensar la situación de alza de precios en la energía o las materias primas”, añadió. Este nivel de ahorro familiar, que el presidente de Aecoc cifró en 12.000 millones de euros, impulsó la campaña de verano turística por encima incluso de las previsiones iniciales. “Confiamos en que las ganas de salir y de hacer cosas compensen la coyuntura”, subrayó. El efecto de euforia social por la mejora de la situación sanitaria incrementará el consumo en el hogar, confió el consejero delegado de Campofrío. La distribución descarta además problemas de abastecimiento para el Black Friday y la Navidad.

La duda, con todo, es qué ocurrirá a partir del año que viene, cuando este ahorro disminuya y las ayudas públicas, como los ERTE comiencen a desaparecer. Aquí, las compañías pidieron al Gobierno contención a la hora de subir impuestos y de aprobar nuevos gravámenes. Más impuestos, en un contexto de inflación, podría dificultar el consumo y la recuperación, advirtieron.

FUENTE: La Vanguardia

https://www.lavanguardia.com/economia/20211021/7805003/alimentacion-comercio-anuncian-subidas-precios.html

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Requisitos para solicitar las nuevas deducciones fiscales por reformar la vivienda

Tras ser aprobado este martes por el Consejo de Ministros, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, que incluye nuevas medidas en materia de rehabilitación y mejora del parque de vivienda con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios.

Por ello, una de las medidas se basa en las deducciones fiscales que entrarán en vigor este mismo año y para las que se ha destinado una inversión de 450 millones de euros. 

Tras ser aprobado este martes por el Consejo de Ministros, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, que incluye nuevas medidas en materia de rehabilitación y mejora del parque de vivienda con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios.

Por ello, una de las medidas se basa en las deducciones fiscales que entrarán en vigor este mismo año y para las que se ha destinado una inversión de 450 millones de euros. PUBLICIDAD

De tal manera que, como recoge el decreto, se añaden tres nuevas deducciones temporales "en la cuota íntegra estatal del IRPF aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda".

Deducción por reducir la demanda de energía en la vivienda

La primera permite deducir hasta un 20% de las cantidades satisfechas "por las obras realizadas a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales", subraya el texto. Estas obras incluyen la reducción "de la demanda de calefacción y refrigeración" de la vivienda. 

Como condición, solo se entenderá que se ha reducido dicha demanda cuando se reduzca en, al menos, un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico después de hacer las obras.

Deducción por reducir el consumo de energía no renovable

La segunda deducción será de hasta un 40% de las cantidades satisfechas "por las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior hasta un máximo de 7.500 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de, al menos, un 30% del consumo de energía primaria no renovable".

En este sentido, solo se entenderá que se ha mejorado el consumo de "energía primaria no renovable en la vivienda" cuando se reduzca, al menos, un 30% el indicador o cuando "se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética 'A' o 'B'".

Deducciones por una mejora en el edificio

La tercera deducción se podrá aplicar "sobre las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda por las obras realizadas desde la entrada en vigor de este real decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2023, en las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio en el que se ubica".

De tal manera que podrán deducirse el 60% de las cantidades satisfechas hasta un máximo de 15.000 euros. Como explica Idealista, tendrán la consideración de obras de rehabilitación energética del edificio las que obtengan una mejora de la eficiencia acreditada por un técnico.

FUENTE: 20 Minutos

https://www.20minutos.es/noticia/4848746/0/requisitos-solicitar-deducciones-fiscales-reforma-vivienda/

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WhatsApp, Facebook e Instagram sufren una caída de más de seis horas en un momento crítico para su reputación

Los tres servicios recuperan lentamente la normalidad tras un apagón global que la compañía atribuye a un “cambio de configuración defectuoso”

Facebook, Instagram y WhatsApp se recuperan lentamente de la peor caída total de su historia reciente, que afectó este lunes a sus servicios durante más de seis horas y de forma global. Al contrario que en otras ocasiones, esta vez las distintas aplicaciones y herramientas de la empresa estuvieron completamente inaccesibles para los aproximadamente 3.500 millones de personas ―aproximadamente la mitad de la población mundial― que las utilizan. Pasada la medianoche (hora peninsular española, las 17.30, hora de México) las tres plataformas empezaron a recuperarse de manera desigual. Unos minutos después, Andy Stone, responsable de la comunicación oficial de la empresa, confirmaba en Twitter que los servicios y aplicaciones de la compañía estaban volviendo a ser accesibles y pedía disculpas por lo sucedido. “Gracias por su paciencia”, concluía su mensaje.

“Queremos dejar claro en este momento que creemos que la causa principal de esta interrupción fue un cambio de configuración defectuoso. Tampoco tenemos evidencia de que los datos de los usuarios se hayan visto comprometidos como resultado de este tiempo de inactividad”, informó Facebook en un comunicado. La caída afectó además a toda la empresa, desde las herramientas de comunicación internas a los pases electrónicos para entrar en salas. Adam Mosseri, jefe de Instagram, equiparó la actividad de la compañía a “un día de nevada”, en una publicación en Twitter.

La causa del apagón “afectó a muchas de las herramientas y sistemas internos que utilizamos en nuestras operaciones diarias, lo que complicó nuestros intentos de diagnosticar y resolver rápidamente el problema”, agregó la empresa. “Nuestros equipos de ingeniería han constatado que los cambios de configuración en los enrutadores troncales que coordinan el tráfico de red entre nuestros centros de datos generaron problemas que interrumpieron esta comunicación. Esta interrupción del tráfico de la red tuvo un efecto en cascada debido a la forma en que se comunican nuestros centros de datos, lo que paralizó nuestros servicios”, explicó la compañía.

Según expertos externos a Facebook que analizan el tráfico de internet, ese cambio de configuración provocó problemas en el sistema de asignación de dominios (DNS), también conocido como “listín telefónico de internet”, que traduce el nombre que escribimos en el navegador a una dirección de números donde está el servidor, en este caso de Facebook. El problema no era únicamente que el tráfico no supiera a qué dirección ir, porque no tenía acceso al DNS, sino que tampoco sabía qué camino tomar hacia allí: además de borrar el destino, se habría quemado el mapa. Esa ruta de navegación está gestionada por un oscuro protocolo llamado BGP (Border Gateway Protocol o “puerta de enlace frontera”), cuyos detalles de funcionamiento son a menudo desconocidos incluso para los informáticos y eran este lunes objeto de vivo debate entre ingenieros.

El gigantesco apagón de los servicios de Facebook coincide con unas semanas muy complicadas para la compañía. A las exclusivas sobre documentos internos de la empresa que ha ido revelando The Wall Street Journal se ha unido este domingo la salida a la luz de la garganta profunda, Frances Haugen, que proporcionó esa información al periódico. Haugen, ingeniera informática de Iowa de 37 años y empleada de Facebook entre 2019 y 2021, declaró su identidad este domingo por la noche en un programa de máxima audiencia de la cadena CBS, donde dijo que la compañía priorizaba siempre la búsqueda de beneficios por encima del interés del público. La coincidencia de la caída técnica con las revelaciones de la exempleada han provocado este lunes un desplome del 4,9% en las acciones de Facebook. De cara a las próximas sesiones, la situación puede empeorar.

Haugen declara este martes en el Congreso de Estados Unidos sobre su experiencia. Si no queda plenamente restablecido el servicio y aclarado el incidente, el ambiente para Facebook puede ser irrespirable. “Había constantes conflictos de interés entre lo que es bueno para el público y lo que es bueno para Facebook”, dijo la exempleada en su entrevista con la CBS. “Facebook siempre escogía optimizar su propio interés, ganar más dinero”, aseguró. La caída del servicio y la irrupción en escena de la ingeniera pueden hacer su testimonio potencialmente más peligroso para la empresa que el escándalo de Cambridge Analytica, cuando se descubrió que los datos de más de 50 millones de usuarios de la red social fueron utilizados sin consentimiento para comercializarlos ilegalmente con terceros.

La caída de Facebook comenzó poco antes de las seis de la tarde, hora peninsular española, en torno a las doce del mediodía en Washington, e impidió por completo el funcionamiento de las tres aplicaciones: no se podía actualizar la información ni enviar o recibir mensajes. Downdetector, página que registra los comentarios de los usuarios cuando falla alguna plataforma en internet, recogió cientos de miles de quejas procedentes de al menos 45 países. Los mensajes, entre la protesta y la broma, se multiplicaron en otras plataformas, muy especialmente en Twitter. La red social rival de Facebook se convirtió durante horas en canal de comunicación de la compañía fundada por Mark Zuckerberg, ante el colapso de sus propias herramientas. Twitter ironizó sobre este extremo en su cuenta principal. “Hola literalmente a todos”, tuiteó.

ohn Graham-Cumming, jefe de Tecnología de Cloudflare, una célebre empresa de servidores en la nube, detectó hacia las 17.50 (hora peninsular española) cómo Facebook desaparecía de internet cuando alguien escribía facebook.com en su navegador. Ese tráfico de usuarios pidiendo cargar un servicio de Facebook no desaparece de golpe, sino que produce un efecto dominó que generó problemas en otras páginas.

EL PAÍS consultó a dos especialistas que, sin tener lógicamente toda la información, opinaban que era perfectamente plausible que un error humano hubiera provocado la desconexión de Facebook, pero coincidían en que, sin más detalles, era difícil concretarlo. La restauración del servicio ha necesitado probablemente del acceso de ingenieros de la empresa a centros de datos, lo que habría alargado el proceso de subsanación al no ser factible la reparación remota.

Oculus, los servicios de realidad virtual de Facebook, también se vieron afectados por la caída. Que una aplicación falle es normal, pero que fallen varias interconectadas con la mayor red social del mundo sí es raro, aunque Facebook ha estado trabajando durante años en la integración de sus sistemas con los de WhatsApp e Instagram. Dos miembros del equipo de seguridad de Facebook han contado a The New York Times que es poco probable que un grupo de ciberdelincuentes haya causado el apagón precisamente porque la tecnología de cada aplicación es demasiado distinta como para verse afectada por un mismo ataque.

Un sistema vulnerable

El pasado 22 de julio, un fallo en los servicios de la compañía estadounidense de servicios en la nube Akamai provocó interrupciones en el servicio de compañías como Airbnb, plataformas de videojuegos como Playstation Network o Steam, aerolíneas como Delta Air Lines, cadenas de distribución como Costco Wholesale y servicios financieros como American Express, además de numerosos bancos como BBVA o medios de comunicación como EL PAÍS, entre otros.

Más aparatoso fue el fallo global en la red de distribución de contenidos Fastly que el 8 de junio dejó fuera de juego a miles de páginas de todo el mundo. Sitios como los de Amazon, EL PAÍS, The New York Times, Twitch, Financial Times o Reddit sufrieron problemas y en algunos casos permanecieron inaccesibles para sus usuarios durante casi una hora. Al día siguiente, Fastly explicó que la acción inocente de un cliente activó un error de software que permanecía oculto en un programa informático y causó la caída generalizada.

Estos incidentes ―como la caída de los servicios de Google el pasado diciembre― han puesto en evidencia la vulnerabilidad de las conexiones digitales y la debilidad del sistema sobre el que se asienta el funcionamiento de la red en un momento en el que empresas y usuarios dependen más que nunca de ellas por el teletrabajo.

FUENTE: El País

https://elpais.com/tecnologia/2021-10-04/whatsapp-facebook-e-instagram-sufren-una-caida-generalizada-en-todo-el-mundo.html

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La CE aprueba 3.200 millones de euros de ayudas para baterías eléctricas europeas

  • La Comisión Europea (CE) aprobó este lunes un paquete de ayudas de Estado de 3.200 millones de euros para investigar y desarrollar un "ecosistema paneuropeo" de baterías eléctricas, iniciativa en la que participarán Bélgica, Finlandia, Francia, Alemania, Italia, Polonia y Suecia.

"La producción de baterías en Europa es de interés estratégico para nuestra economía y sociedad por su potencial en términos de movilidad y energía limpia, creación de empleo, sostenibilidad y competitividad", declaró en un comunicado la vicepresidenta de la CE y comisaria de Competencia, Margrethe Vestager.

Por ello, la Comisión ha clasificado esa iniciativa en el marco de los Proyectos Importantes de Interés Común Europeo, lo que "suaviza" el proceso para que los citados países puedan subvencionar a través de ayudas de Estado el desarrollo de esa tecnología en la Unión Europea (UE).

La medida anunciada este lunes es una continuación a la Alianza Europea de Baterías nacida en 2017 ante la pujanza de países como China en un mercado que se espera sea clave en el desarrollo del vehículo eléctrico y a través del que Bruselas pretende movilizar otros 5.000 millones de inversión privada.

El paquete de ayudas aprobado apoya, en concreto, el desarrollo de "tecnologías altamente innovadoras y sostenibles para baterías de iones de litio" (electrolito líquido y en estado sólido) que "duran más, tienen tiempos de carga más cortos y son más seguras y ecológicas que las disponibles actualmente".

La Alianza de Baterías aspira a aportar "innovación de vanguardia en toda la cadena de valor de las baterías, desde la minería y el procesamiento de las materias primas, la producción de materiales químicos avanzados, el diseño de celdas y módulos de baterías y su integración en sistemas inteligentes, el reciclaje y la reutilización de baterías usadas", explicó la CE.

Bruselas aspira a reducir con esta iniciativa "la huella de carbono y los desechos generados en los diferentes procesos de producción, así como un sistema sostenible y respetuoso con el medio ambiente" en línea con los principios de la economía circular.

El proyecto contará con "diecisiete participantes directos, en su mayoría actores industriales, incluyendo pequeñas y medianas empresas, que cooperarán con otras 70 compañías y centros de investigación de toda Europa.

"Hemos encontrado la receta correcta para una política industrial del siglo XXI, una acción concertada para acelerar la innovación del laboratorio al mercado, instrumentos financieros conjuntos y un futuro apto marco regulatorio para apuntalar una economía europea más sólida basada en el conocimiento", declaró el vicepresidente comunitario a cargo de las Relaciones Institucionales, Maros Sefcovic.

El equipo de prensa del Ejecutivo comunitario precisó que no se trata de "defender" una política de "campeones industriales" como reivindica Francia, y recordó que la Comisión, no obstante, presentará una visión de su política industrial el próximo mes de marzo.

FUENTE: Expansión

https://www.expansion.com/empresas/industria/2019/12/09/5dee4063468aeb34338b4685.html

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El Consejo de Ministros acuerda subir el salario mínimo hasta los 965 euros en 2021 y prorrogar los ERTE cinco meses más

  • Ambas medidas salen adelante con un acuerdo desigual dentro del diálogo social y tras semanas de tiranteces entre Gobierno, sindicatos y patronales

El Consejo de Ministros reunido este martes ha aprobado la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 965 euros mensuales en 14 pagas junto con la prórroga de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022. Se trata de dos medidas capitales dentro de la cartera social del Ejecutivo, que han salido adelante con distinto grado de respaldo por parte de los agentes sociales. Mientras que el aumento del SMI contó únicamente con la aprobación de los sindicatos, la expansión más allá del 30 de septiembre de los expedientes de regulación temporal de empleo obtuvo finalmente el beneplácito de la patronal tras ser sometido a la valoración de sus órganos internos durante la noche del pasado lunes.

“Les devolvemos a todos aquellos que han levantado el país durante la pandemia su compromiso”, ha asegurado la vicepresidenta Yolanda Díaz, una de las figuras que más presión ha realizado dentro del Gobierno de coalición para que se concretase la subida del salario base antes de final de año. La también ministra de Trabajo ha señalado que con su aumento “se reduce la brecha de género” y se permite a “mujeres y jóvenes ver mejoradas sus condiciones salariales”.

Junto a Díaz ha comparecido también el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, quien ha valorado que el de este martes sea “el sexto acuerdo en materias de protección de empleo”. Además de por la renovación de los ERTE, también se ha felicitado por la extensión de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos hasta el 28 de febrero, otra de las medidas principales que se enmarcan dentro del contrato refrendado esta mañana y que las organizaciones más representativas de los trabajadores autónomos (ATA, UPTA y Uatae) han celebrado.

La negociación para aumentar el salario mínimo en 15 euros para lo que resta de año ―a pesar de haber sido aprobada a finales de este mes, se llevará a cabo una regulación en las nóminas de septiembre en las que se contemplará el incremento― no logró alcanzar el consenso entre los agentes sociales.

A pesar de que los sindicatos estimaban necesario que el Gobierno acordarse un crecimiento de no menos de 25 euros para el actual ejercicio, junto con un compromiso para elevarlo en enero de 2022 hasta los 1.000 euros, el Ejecutivo fijó finalmente una cantidad inferior, pero se comprometió a mantener la senda de crecimiento. Esos 15 euros se situaban en el centro de la propuesta elaborada por el comité de expertos reunido por Trabajo, y que en su informe final había situado la horquilla de elevación para 2021 entre los 12 y los 19 euros. Los cálculos del comité se dirigen hacia el compromiso adquirido por el Gobierno de elevar el salario mínimo hasta que represente el 60% del salario medio en España al final de la legislatura, en 2023.

Sin embargo, durante uno de los capítulos finales de la negociación, Trabajo propuso rebajar la subida por debajo de los 12 euros con tal de sumar el apoyo de los empresarios, algo que no llegó a producirse. El presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Antonio Garamendi, se ha mantenido firme en su negativa a acordar un nuevo incremento asegurando que este podría poner en peligro la senda de recuperación por la que transita la economía española.

El VI Acuerdo Social en Defensa del Empleo en el que se enmarca la prórroga de los ERTE tampoco ha sido una balsa de aceite. A pesar de que los posicionamientos de partida entre Gobierno, sindicatos y patronal no se encontraban tan enconados como en las demás materias que debaten en el diálogo social ―la reforma laboral y de las pensiones―, en las últimas reuniones apenas se habían dado pasos hacia delante.

Ausencias comprometedoras

Dos ausencias del Ministerio de Seguridad Social en los últimos encuentros pusieron en peligro que el acuerdo pudiera ser ratificado en el Consejo de Ministros de este martes ―el último del mes― y calentaron el ambiente. La voluntad del ministro José Luis Escrivá de que la continuidad de este mecanismo de protección ―bajo el que se cobijan actualmente 253.000 personas― estuviera estrechamente ligado a la formación de los trabajadores era algo que no satisfacía a los empresarios. Los reparos iniciales de los sindicatos orbitaban alrededor de otras cuestiones ―cómo deberían ser esos planes de formación, por ejemplo―, aunque su mayor desencuentro tenía que ver con el tiempo del que dispondrían las empresas para presentarlos.

Por ello, se ha acordado finalmente extender hasta el 31 de octubre el actual marco de los ERTE, y retrasar hasta el 1 de noviembre la entrada en vigor de los nuevos esquemas. En ellos la cuantía de las exoneraciones de las que se seguirán beneficiando las empresas en las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores suspendidos variarán en función de si presentan o no estos planes de formación.

Tras las últimas revisiones realizadas en la noche del lunes, el acuerdo contempla exenciones del 40% para empresas de más de 10 trabajadores que no ofrezcan formación a sus empleados y del 80% si imparten acciones formativas dentro de los ERTE de limitación de actividad; mientras que para las empresas más pequeñas, de menos de 10 trabajadores, estas exoneraciones alcanzan el 50% sin formación y el 80% con formación. En los ERTE de impedimento de actividad, las exoneraciones para todas las empresas serán del 100%.

Además, el acuerdo contempla la puesta en marcha de unos ERTE específicos para las empresas afectadas por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma y en el conjunto de las islas Canarias. Los trabajadores tendrán protección y las empresas se beneficiarán de exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.

FUENTE: El País

https://elpais.com/economia/2021-09-28/el-consejo-de-ministros-acuerda-subir-15-euros-el-salario-minimo-en-2021-y-prorrogar-los-erte-hasta-el-28-de-febrero-de-2022.html

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