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El aviso del SEPE por un subsidio para las personas que han cotizado menos de un año

  • Se trata del subsidio por cotizaciones insuficientes
  • Requiere ciertos requisitos de cotización previa
  • En algunos casos su cobro dura hasta 21 meses

El paro es una prestación contributiva, al igual que las pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. Esto quiere decir que obliga al trabajador a cotizar determinados periodos de tiempo para poder cobrarla. Y, de no llegar a esos requisitos, también obliga a que el trabajador tenga que buscar otras ayudas.

En ese sentido el Servicio Público de Empleo Estatal va informando de las posibilidades que tienen los ciudadanos a través de sus canales oficiales. En concreto, ha sido con su perfil de la red social Twitter con el que ha explicado cuál es el subsidio por desempleo que pueden pedir los trabajadores que no tienen derecho a cobrar el paro.

El organismo ha informado acerca del subsidio por cotizaciones insuficientes, aquel que se ofrece a las personas que, tras finalizar un trabajo, no han conseguido reunir la cotización necesaria para poder cobrar el paro. Para ello es obligatorio acumular al menos un año de cotización por desempleo.

Pero no solo es necesaria la cotización por menos de un año. Aunque los requisitos son de menor exigencia, el SEPE obliga a la acreditación de varias condiciones por parte del ciudadano (algunas varían en función de si tienen responsabilidades familiares). Son las siguientes:

-Estar desempleo y en situación legal de desempleo.

-Tener una cotización de al menos tres meses en caso de contar con responsabilidades familiares y de al menos seis meses si no se cuentan con ellas.

-Estar inscrito como demandante de empleo (así puede hacerlo de forma sencilla).

-No percibir ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En caso de vivir en una unidad familiar se contarán todos los ingresos de la unidad y se dividirán entre el número de miembros.

Cuantía del subsidio por cotizaciones insuficientes

Como con el resto de subsidios por desempleo, con el subsidio por cotizaciones insuficientes se percibirá el 80% del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, tal y como explica el SEPE en su página web. Esta cantidad en 2022 es de 463,21 euros mensuales.

La cuantía de los subsidios por desempleo (y por lo tanto de este subsidio por cotizaciones insuficientes) se verá ligeramente incrementada en 2023 porque el IPREM aumentará a 600 euros mensuales. Esto quiere decir que la próxima cuantía del subsidio será de 480 euros mensuales.

Duración del subsidio por cotizaciones insuficientes

En este apartado sí existen diferencias con otros subsidios. La duración dependerá de si el trabajador cuenta con responsabilidades familiares y del número de meses cotizados:

-Las personas con responsabilidades familiares podrán cobrar el subsidio durante tres, cuatro o cinco meses si han cotizado tres, cuatro o cinco meses. En caso de cotizar seis o más meses podrán cobrar el subsidio hasta 21 meses (en periodos prorrogables de seis meses).

-Las personas sin responsabilidades familiares cobrarán el subsidio durante seis meses si han llegado a seis meses cotizados.

FUENTE: elEconomista.es

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/12004813/10/22/El-aviso-del-SEPE-por-un-subsidio-para-las-personas-que-han-cotizado-menos-de-un-ano.html

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La subida de tipos frena la firma de hipotecas sobre viviendas, que crece un 2,3% en julio

  • Se alcanzaron las 35.918 operaciones con un nuevo récord de préstamos a tipo fijo

La firma de hipotecas sobre viviendas siguió creciendo en España el pasado julio, pero lo hizo a un ritmo mucho más moderado que en meses anteriores debido a que la subida de los tipos de interés encarece los préstamos. Las operaciones aumentaron un 2,3% en tasa interanual frente al incremento del 12% del mes anterior o el 24,7% de mayo, hasta alcanzar 35.918 préstamos, según los datos publicados este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística.

Aunque más moderada, la de julio es la decimoséptima subida consecutiva, que sitúa el importe medio de las hipotecas sobre viviendas en 146.445 euros, un 8,1% más que en julio de 2021, mientras el capital prestado por las entidades sumó 5.260 millones, un 10,6% más que un año antes.

Nuevo máximo del tipo fijo

En las hipotecas sobre viviendas, el tipo de interés medio fue del 2,50% y el plazo medio de 25 años. El 24,6% de los préstamos se firmaron a tipo variable, mientras que el 75,4% restante fueron a tipo fijo, nuevo récord histórico de una opción que blinda al hipotecado de los vaivenes del euríbor. El índice de referencia mantiene su tendencia alcista desde que el pasado mes de abril regresara a niveles positivos por primera vez en más de seis años. En julio, la media mensual se situó en el 0,992% frente al -0,491% de julio de 2021. Actualmente, el euríbor a 12 meses ya supera el 2% y encarece las hipotecas variables en más de 2.000 euros de media al año.

El aumento que viene registrando el euríbor por el movimiento al alza de las tasas rectoras y la expectativa de que continúen subiendo ha llevado a los bancos a cambiar el escaparate hipotecario. Las entidades están subiendo las hipotecas fijas para dirigir las contrataciones hacia las variables, con las que ahora obtienen más márgenes gracias al euríbor. Pero, pese a que los bancos están rebajando los precios variables para hacerlos más atractivos, la mayoría de hipotecados todavía opta por el tipo fijo. El tipo de interés medio al inicio fue del 2,03% para las hipotecas sobre viviendas a tipo variable y del 2,68% en el caso de las de tipo fijo.

Por otro lado, está cayendo el número de hipotecas que cambian de condiciones. Atendiendo a la clase de cambio en las condiciones, se produjeron 8.788 novaciones (o modificaciones producidas con la misma entidad financiera), con un descenso anual del 59,2%. El número de operaciones que cambiaron de entidad (subrogaciones al acreedor) fue de 1.835, un 38,5% menos que en julio de 2021. Por su parte, en 439 hipotecas cambió el titular del bien hipotecado (subrogaciones al deudor), un 54,2% menos que un año antes.

Por comunidades autónomas, las que registraron un mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas en julio de 2022 fueron Cataluña (7.102), Andalucía (6.846) y Madrid (5.558).

En tasa intermensual (julio sobre junio), las hipotecas sobre viviendas se hundieron un 16%, mientras que el capital prestado retrocedió un 16,6%. En ambos casos son sus mayores descensos en un mes de julio de los últimos cinco años.

En los siete primeros meses del año el número de hipotecas para comprar vivienda se ha incrementado un 14,8% y el capital prestado ha subido el 23,2%

FUENTE: cinco días

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/09/28/economia/1664346669_026497.html

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Las medidas de ahorro energético chocan con la normativa de prevención de riesgos laborales: "Hay un conflicto de leyes"

Más allá de las reticencias de comunidades autónomas como Madrid y el País Vasco, la aplicación del paquete de medidas de eficiencia y ahorro energético aprobado el lunes por el Consejo de Ministros topa con otro obstáculo: la legislación sobre prevención de derechos laborales. En concreto, la limitación de la temperatura del aire acondicionado a un máximo de 27 grados en verano y la de la calefacción a un mínimo de 19 grados en invierno choca con los umbrales térmicos establecidos en la normativa vigente que regula las condiciones ambientales en los lugares de trabajo. "Hay un conflicto de leyes donde debe primar la seguridad y salud de los trabajadores", afirma el profesor de Derecho en la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR), Juan Ramón Liébana.

Según del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, "la temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC", mientras que "la temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC". Así lo establece el anexo III de la norma de 1997, que se aplica a lugares de trabajo cerrados, una condición que cumplirán la inmensa mayoría de locales, puesto que entre las medidas de ahorro energético se incluye la obligación de cerrar las puertas de los comercios y establecimientos cuando estén encendidos los sistemas de climatización, dando de plazo hasta el 30 de septiembre para instalar un sistema adecuado de cerrado de puertas.

"Para los trabajos sedentarios el Real Decreto-ley 14/2022 -el que establece las medidas de ahorro energético- cumpliría, es en los trabajos ligeros donde está el problema", explica Liébana, que aclara que por "trabajos ligeros" se entienden aquellos que exigen una actividad física. "El camarero que está para arriba y para abajo poniendo copas o que tiene que mover cajas de cervezas... eso se considera técnicamente 'trabajo ligero'", ilustra el doctor en Derecho. 

La hostelería es precisamente uno de los sectores afectados por las medidas de ahorro energético aprobadas el lunes, que atañen igualmente a edificios administrativos, comercios y grandes almacenes, espacios culturales e infraestructuras destinadas al transporte de personas como estaciones y aeropuertos. "En una oficina en principio no hay ningún problema, pero en el comercio y la hostelería o se cumple una normativa o se cumple otra y yo entiendo que necesariamente se tiene que acudir al anexo III porque está en juego la seguridad y salud de los trabajadores", insiste Liébana, quien también es profesor en el máster de Arbitraje Internacional de la UNIR.

El experto en derecho laboral subraya que "en los trabajos de hostelería y comercio, donde la gente se mueve, la normativa especial no cabe". "Si en un centro de trabajo donde se ejerce una actividad ligera subo el aire acondicionado a 27 ºC, eso supone que la temperatura ambiente no va a ser de 27 ºC. Para conseguir una situación en la que el lugar de trabajo esté a 25 ºC el termostato tiene que estar a menos temperatura", explica.

El profesor de Derecho insiste en que la regulación de la temperatura en el lugar de trabajo no es una cuestión baladí. Un exceso de calor o de frío puede provocar "estrés térmico", un trastorno que consiste en una sensación de malestar producida por el esfuerzo que requiere al organismo mantener la temperatura interna en condiciones ambientales extremas. No en vano Liébana recuerda que en el mes de julio se estima que murieron más de 2.000 personas en España por las altas temperaturas. "Las condiciones ambientales en los lugares de trabajo no deben llevar aparejado ningún riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores", señala.

Inseguridad jurídica

Liébana reconoce que el decreto aprobado por el Consejo de Ministros es "interpretable". La propia ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, llamó el lunes a aplicar las medidas de ahorro energético con "flexibilidad", garantizando siempre los derechos de los trabajadores y las "condiciones térmicas" excepcionales debidamente justificadas. De hecho, la propia norma reconoce que "los umbrales de temperatura deberán ajustarse, en su caso, para cumplir con lo previsto en el Real Decreto 486/1997".

En la misma línea, la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, resaltó este miércoles que el paquete de medidas contempla excepciones "necesarias para mantener una climatización adecuada" en hospitales, centros educativos, gimnasios, peluquerías, lavanderías o las cocinas de los restaurantes. "Es una norma que claramente contempla las excepciones necesarias para garantizar la climatización en todos los espacios, sobre todo donde los trabajadores necesitan desarrollar sus actividades con una temperatura adecuada y también, por ejemplo, cuando haya picos de ocupación de determinados establecimientos", explicó la titular de Industria.

Sin embargo, para el jurista sigue habiendo un problema de "inseguridad jurídica" y lamenta que muchas cuestiones quedan al "arbitrio de la Administración". "En función de lo que la Administración quiera hacer en cada caso, se podría acabar sancionando a la empresa", expresa Liébana, que recuerda que la normativa sobre prevención de riesgos laborales establece la obligación de que el empresario garantice unas condiciones de trabajo adecuadas y que la Inspección de Trabajo debe vigilar su cumplimiento. Sin embargo, según agrega, los técnicos de Industria también han de velar por que se apliquen las medidas de ahorro energético, contradictorias con las anteriores, lo que supone una "sobrecarga" para la empresa.

Asimismo, para el experto en derecho laboral, también hay "otro problema de seguridad jurídica en el régimen sancionador", puesto que el decreto aprobado el lunes remite a las sanciones previstas en la Ley de Industria de 1992, "un régimen sancionador que no está pensado para sancionar si apago o no apago la luz o si tengo el termostato a 27 grados", asegura el profesor de la UNIR, que insiste en que "regular tan tajante y taxativamente la temperatura genera situaciones que suponen un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores". "Si eventualmente se pusieran sanciones, los tribunales acabarían anulándolas porque debe primar la seguridad y salud de los trabajadores sobre medidas excepcionales", vaticina Liébana.

FUENTE: 20minutos

https://www.20minutos.es/noticia/5038418/0/las-medidas-de-ahorro-energetico-chocan-con-la-normativa-de-prevencion-de-riesgos-laborales-hay-un-conflicto-de-leyes/

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¿Su factura de la luz incluye el tope del gas? Cómo entender los cambios y cada concepto

El nuevo coste normativo encarece el recibo al menos 15 euros mensuales

Muchos usuarios no terminan de entender la factura de la luz y, ahora, con la inclusión del tope del gas, descifrarla resulta aún más complicado. Algunos consumidores están descubriendo estos días nuevos conceptos en su recibo de la luz, como por ejemplo el llamado tope del gas, que este mes ha encarecido el recibo en al menos 15 euros. Este recargo es variable y empezó a aplicarse en los consumos realizados desde el 15 de junio a aquellos clientes que firmaron la renovación de su contrato fijo a partir del pasado 26 de abril. Estos consumidores deben pagar los costes derivados de la puesta en marcha de la medida y, por el momento, han visto cómo su factura ha subido.

Según el Gobierno, el mecanismo busca limitar el precio del gas, contrarrestando la volatilidad del mercado energético a raíz de la guerra en Ucrania, y rebajar así el precio de la electricidad. En concreto, la medida sitúa desde el 15 de junio el precio del gas en unos 40 euros/MWh, con un precio medio de 48,74 euros/MWh. Este límite durará unos seis meses y luego el precio irá incrementándose 5 euros/MWh cada mes hasta "normalizarse" en un precio aproximado de 70 euros/MWh. El Ejecutivo pretenden mantener estos precios al menos durante 12 meses, hasta el 31 de mayo de 2023. La llamada 'excepción ibérica' se ha llevado a cabo en España y Portugal y fue aprobada por la Comisión Europea.

Ajuste del gas

El tope del gas es un cargo normativo que, en aplicación del Real Decreto-Ley 10/2022, del 13 de mayo, se incluye en la factura para la financiación del tope del precio del gas. Busca compensar a las centrales de generación de gas y carbón, que siguen comprando gas en los mercados internacionales, y es sufragado por los propios consumidores a través de su recibo. En concreto, afecta a todos los contratos del mercado eléctrico indexados a los mercados mayoristas, o con precio fijo e inicio de vigencia posterior al 26 de abril de 2022, con independencia de su comercializadora.

La medida pretende beneficiar tanto a consumidores con tarifas de energía fijas, como variables, dado que se espera que contribuya a rebajar el precio de la luz en el mercado mayorista. Los expertos señalan que el ahorro será limitado para los usuarios acogidos a la tarifa regulada PVPC e industria. Aquellos con tarifa fija lo irán notando progresivamente conforme vayan renovando o prorrogando automáticamente los contratos dentro del periodo de 12 meses. De momento, este mes han salido perjudicados y han pagado más.

Aunque no es obligatorio que aparezca desglosado en la factura, algunas compañías, entre ellas Iberdrola o Gana Energía, lo están incluyendo para ofrecer información más detallada y transparente acerca de lo que está pagando el usuario. Se trata de un coste variable que no es fijado por la compañía eléctrica, sino que está regulado y se fija cada día en el mercado mayorista eléctrico.

Potencia eléctrica

La potencia que se tenga contratada determina cuántos electrodomésticos se pueden tener en funcionamiento al mismo tiempo sin que salten los plomos. Se debe tener en cuenta que este es un término fijo en la factura, que se paga independientemente del consumo que se realice.

Precisamente, por esa naturaleza de coste fijo, es uno de los puntos en los que más se pueden reducir costes. Si nunca han saltado los plomos, aunque estén encendidos todos los aparatos y luces a la vez, es probable que se tenga una potencia eléctrica demasiado elevada y se esté pagando de más. Desde Gana Energía recomiendan ajustar la potencia contratada a las necesidades reales de cada hogar para ahorrar en la factura de la luz.

Energía consumida

El consumo es otro concepto principal en la factura. Muestra el precio de cada kilovatio hora consumido y se factura en €/kWh. Varía en función del consumo que se realice.

En caso de que se tenga contratada discriminación horaria, la energía consumida aparecerá desglosada en los tramos horarios existentes (Punta, Llano y Valle). En cambio, si se tiene una tarifa de luz 24 horas, aparecerá en un solo concepto en el desglose de la factura.

Equipos de medida

Es el alquiler del contador que se paga a la distribuidora, excepto si se tiene en propiedad.

Impuestos

En los últimos meses, se han producido varios cambios en materia impositiva dentro del marco de medidas del Gobierno para tratar de abaratar la factura de la luz. Por eso, muchos usuarios ahora no saben bien cuáles son los impuestos sobre la luz que pagan en su factura.

Desde el 1 de julio el IVA de la luz se fijó en un 5% para potencias inferiores a 10 kw. También se ha prorrogado la reducción del Impuesto Eléctrico, estando fijado ahora en el 0,5%.

Por otro lado, los consumidores que se encuentren en el mercado libre encontrarán en su factura un pequeño importe que corresponde a la financiación del Bono Social.

Otros datos de interés

Además de estos conceptos más básicos, el usuario puede encontrar otra información de interés en su recibo. Por ejemplo, muchas compañías suelen incluir gráficos con la evolución del consumo de los últimos meses y el consumo medio diario.

Conocer cómo se realiza el consumo en el hogar puede ayudar a escoger mejor la tarifa de luz y adoptar medidas de ahorro. También se puede consultar, a través del código QR incluido en la factura, el Comparador de Ofertas de Luz y Gas de la CNMC.

Desde Gana Energía recuerdan la importancia de leer con detenimiento la factura de la luz para poder detectar posibles costes adicionales que esté cobrando la compañía y que no han sido solicitados por el cliente. Por ejemplo, seguros de reparaciones o de pago.

FUENTE: 5 Días

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/07/26/economia/1658823714_758549.html

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El BCE sube los tipos en 0,5 puntos, la mayor subida en 22 años

El banco central pone en marcha las políticas para frenar la inflación mientras mantiene un ojo en controlar la deuda soberana de los países del sur

El Banco Central Europeo (BCE) se ha unido al fin a la mayoría de institutos emisores del mundo que han dado el paso de subir los tipos de interés para luchar contra la inflación, una amenaza económica olvidada en la última década. Es la primera vez en 11 años que se da este paso en Fráncfort. Además, lo ha hecho con fuerza: los ha subido 50 puntos básicos (0,5 puntos porcentuales), un movimiento que el organismo solo había dado otras dos veces en su (corta) historia. La última, en junio de 2000. Al mismo tiempo, ha acordado la creación de un mecanismo sin límite de recursos para evitar que estos movimientos y la normalización de la política monetaria se trasladen a las primas de riesgo y provoquen la fragmentación financiera de la zona euro. El consejo de gobierno admite que es un paso mayor de lo que había anunciado el mes pasado, cuando avanzó sus planes para este jueves, subir el precio oficial del dinero un cuartillo de punto, 0,25 puntos porcentuales.

Con estas medidas, el objetivo del BCE es “asegurar la vuelta de la inflación al 2% a medio plazo”, apunta en la nota emitida al final de la reunión de su consejo de gobierno. Pretende hacerlo “a medio plazo”, es decir, en 2024, según aclaró la propia presidenta, Christine Lagarde, en el discurso que pronunció en Sintra (Portugal) la semana pasada. Sobre el mecanismo para intervenir en los mercados de capital si la brecha entre las rentabilidades de los bonos se ensancha injustificadamente dice: “Es necesario para asegurar una transmisión efectiva de la política monetaria”.

“El TPI [siglas en inglés del Instrumento para la Protección de la Transmisión de la política monetaria] será un complemento del conjunto de instrumentos del consejo de gobierno, y puede activarse para contrarrestar una dinámica de mercado desordenada e injustificada que suponga una grave amenaza para la transmisión de la política monetaria en toda la zona del euro. La magnitud de las compras del TPI depende de la gravedad de los riesgos que afectan a la transmisión de la política monetaria”, apunta el BCE en su comunicado sobre la decisión más novedosa adoptada hoy. La misma nota recuerda que esta herramienta será el último recurso, porque la primera línea de defensa será la reinversión “flexible” de los bonos soberanos que ahora tiene en cartera, es decir, comprar más títulos de deuda pública de los países más afectados.

La reunión del consejo de gobierno del BCE comenzaba este jueves a las nueve y media. Minutos antes se confirmaba el peor escenario al que se podían enfrentar. Nada menos que su expresidente, Mario Draghi, el mago que espantó los fantasmas de la zona euro hace 10 años con una sola frase (”whatever it takes...”), anunciaba su dimisión como primer ministro italiano. Se confirmaba el escenario abierto el día antes. Y los mercados han reaccionado en consonancia: la Bolsa italiana caída y la prima de riesgo (la diferente rentabilidad que exigen los inversores por los bonos a 10 años de un país del euro frente al bono alemán) volvía a dispararse.

Ya no se trataba de contener el IPC al alza desde hace un año y convertir en erróneas las previsiones de que siga creciendo (Goldman Sachs espera que en septiembre se supere el 10% en la zona euro), al mismo tiempo que se evita la fragmentación financiera de la zona euro por el fin del programa de compras netas de deuda pública, un reto de por sí mayúsculo con una guerra a las puertas. Ahora la situación se agrava por la inestabilidad política italiana, un país con tamaño suficiente para amenazar la estabilidad de la moneda única, y un pasivo estatal que ronda el 150% de su PIB, solo superado por Grecia.

Para evitar ese riesgo de fragmentación financiera, agravado ahora, es necesario que el instrumento anunciado le permita al instituto emisor intervenir en los mercados cuando entienda que hay una gran diferencia no justificada en las primas de riesgo, lo que provoca créditos baratos en unos países (léase Alemania) y caros en otros. Como recuerda ING, no solo Italia afronta este peligro, también está en primera línea España, que paga en intereses por su deuda una cantidad equivalente al 2% de su PIB (unos 25.000 millones de euros) y tiene uno de los mayores déficit estructurales de la UE. Y, aunque con discrepancias sobre la inminencia del riesgo y su magnitud, el peligro existe, como admitió el propio BCE en su reunión extraordinaria de junio, cuando reconoció que hay “una transmisión desigual [entre los países de la eurozona] de la política de normalización monetaria”.

Esta herramienta, si funciona, da margen al BCE para que se centre en su mandato original: vigilar la estabilidad de los precios y conducir el IPC agregado a un horizonte a medio largo plazo del 2%. Su trabajo se aproximaría así al de los institutos emisores del mundo, que no temen que sus decisiones fragmenten financieramente su área de regulación. Eso también ayuda a entender por qué el 75% de los bancos centrales ya han empezado a subir los tipos de interés, según el Fondo Monetario Internacional. Algunos a un ritmo tan endiablado como para enfriar mucho la actividad económica hasta llevarla a la recesión: la Reserva Federal de Estados Unidos incrementó en 75 puntos básicos el precio del dólar y se espera que pronto todavía lo haga más; el Banco de Canadá elevó el tipo oficial en 100 puntos básicos (un punto porcentual) la semana pasada.

El organismo con sede en Fráncfort se ha caracterizado en su corta historia ―se creó en los años noventa del siglo pasado― por ser muy cauto. Hasta hoy, solo había aumentado dos veces más de 25 puntos básicos sus tipos de interés oficiales, en 1999 y en 2000. Nadie duda de que romper esta conservadora tradición para volver rápido a ese objetivo, cuasi sacrosanto en algunos países como Alemania, del 2%, provocará una recesión importante. De ahí que no falten voces que apuesten en adelante por una senda prudente, aunque sea al precio de tener una inflación por encima de ese nivel unos años, algo que ayudaría mucho a reducir el volumen de deuda pública (todo un balón de oxígeno para Grecia, Italia, Portugal, Bélgica o España).

FUENTE: El País

https://elpais.com/economia/2022-07-21/el-bce-sube-los-tipos-en-05-puntos-la-mayor-subida-en-22-anos.html

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Este pasado domingo 17 de julio ha fallecido Jorge Badía, consejero delegado de Cuatrecasas

Jorge Badía, consejero delegado de Cuatrecasas, ha fallecido de manera repentina este domingo 17 de julio de 2022, a los 59 años de edad. Experto en Litigación y Arbitraje y asesor en conflictos societarios complejos, tras décadas como abogado de prestigio, Badía asumía en 2015 el cargo de director general y cuatro años más tarde, en 2019, recibía el respaldo de los socios como consejero delegado, puesto que ha desempeñado de manera ejemplar, apostando en todo momento por la expansión del Despacho, el talento y las metodologías de trabajo más novedosas y eficientes.

Ejemplo de profesionalidad y buena gestión a lo largo de toda su carrera, su nombre es ya un referente de calidad y eficacia en el sector de la abogacía. Como consejero delegado dirigió, con serenidad y enorme acierto, el desarrollo estratégico de Cuatrecasas, su crecimiento y expansión hasta la posición de liderazgo que hoy ocupa. Jorge Badía ha sido el artífice de la modernización de una Firma que se ha consagrado entre los mejores despachos internacionales. 

Incluso en los momentos más convulsos y difíciles, su firme autoridad ha permitido consolidar la posición de la Firma, posibilitando la consecución de sus mejores cotas y resultados. Su prestigio como abogado ha sido, y es, indudable, llegando a ser destacado como Lawyer of the Year hasta en tres ocasiones, entre otros muchos reconocimientos nacionales e internacionales. Un líder verdaderamente inigualable y una persona excepcional.

D. E. P.

FUENTE: Cuatrecasas

https://www.cuatrecasas.com/es/spain/articulo/ha-fallecido-jorge-badia-consejero-delegado-de-cuatrecasas

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Claves sobre el recibo de la luz: ¿Por qué ha subido? ¿Qué contrato tengo y cuál me conviene?

La escalada sin fin del precio de la electricidad es ya una preocupación estructural para el bolsillo de los españoles. Los precios prepandemia en el mercado mayorista —50 o 60 euros por megavatio hora— se han cuadruplicado. Un golpe difícil de encajar para hogares y empresas, y una patata caliente para el Gobierno y para la Comisión Europea en plena agresión rusa contra Ucrania

¿Por qué ha subido tanto?

La historia es larga, pero se puede resumir en un único factor: el estallido de precios de los combustibles fósiles que se utilizan para generar energía eléctrica. En el último año, el gas natural ha quintuplicado su cotización en los mercados internacionales, llegando a multiplicarse por 10 a principios de marzo, justo después del estallido de la guerra. Y el carbón se ha triplicado. Al ser un sistema de tipo marginalista, en el que la tecnología que aporta el último megavatio hora (MWh) es la que marca el precio de toda la electricidad que entra en el mercado, esa explosión de precios ha contaminado progresivamente el resto de las fuentes de energía. Los números hablan por sí solos: los 50 o 60 euros por megavatio hora en el mercado mayorista prepandemia se han convertido, en un abrir y cerrar de ojos, en casi 200.

¿Qué se ha hecho en España? ¿Y en el resto de Europa?

Hasta el pasado día 15, cuando entró en vigor el famoso tope al gas, las autoridades españolas habían explorado dos vías para tratar de contener la escalada: la fiscal —con una rebaja generalizada de impuestos (IVA, generación y especiales)— y un recorte sobre los beneficios para las eléctricas, además de una ampliación del bono social, al que se pueden acoger los hogares de menor renta y las familias numerosas.

— La reducción impositiva y la ampliación del bono social han aliviado la presión, aunque solo parcialmente y por grupos de población. En el primer caso, se da la paradoja de que los consumidores que están en el mercado libre (donde las condiciones las pacta el cliente con su compañía eléctrica) han pagado menos en los últimos meses que un año atrás: su tarifa aún reflejaba precios precrisis y, a la vez, han visto reducida sustancialmente su factura fiscal. Pero ese efecto tiene los días contados: son pocos los hogares que no han tenido que renovar ya su contrato, con precios más altos. El tijeretazo sobre el exceso de retribución de las compañías eléctricas, por su parte, ha tenido un impacto muy discreto: su diseño permitía una escapatoria fácil para las empresas.

— A diferencia de otros países europeos, como Italia, el Reino Unido, Grecia o Hungría, España aún no ha aprobado una subida específica de impuestos sobre las ganancias extraordinarias de las energéticas. Ese mecanismo, avalado por la Comisión Europea, va ganando predicamento en el Gobierno español: la número tres del Ejecutivo, Yolanda Díaz, lo quiere para ya, y la ministra Teresa Ribera ha abierto la puerta al aumento de impuestos a las eléctricas, las petroleras y las gasistas en los próximos Presupuestos.

¿Qué contrato tengo y cuál me conviene?

Los hogares españoles pueden optar por el mercado regulado —una tarifa única para todos los clientes, con variaciones diarias y horarias según lo que suceda en el mercado mayorista (donde se ha producido la explosión de precios)— o el mercado libre —­en el que las eléctricas negocian directamente con los clientes las condiciones—. Los primeros han sufrido la crisis mucho más que los segundos: no contaban con protección y la escalada en la cotización de la luz se ha cebado con su bolsillo de manera inmediata y desmedida. Tras unos meses protegidos, quienes estaban en el mercado libre empiezan ahora a sufrir renovaciones leoninas, a medida que las comercializadoras internalizan en sus ofertas el nuevo entorno de precios.

— Si el tope al gas da resultados, el incentivo para pasar del mercado libre al regulado (también conocido como PVPC) será grande. Para quien tiene que hacer un nuevo contrato de luz, lo más probable es que el mercado regulado, que en el largo plazo tiende a ser más económico porque el margen de las eléctricas es menor, sea más conveniente.

¿Qué es el tope al gas? ¿Funcionará?

El mecanismo, del que no hay precedentes, consiste en que tanto España como Portugal —­erigidos en isla energética con el visto bueno de Bruselas— tienen autorización para limitar el precio del gas y el carbón que se usa para generar electricidad. Objetivo: evitar la contaminación sobre el resto del mercado. A cambio, los propios consumidores tienen que compensar a las centrales que queman ambos combustibles.

— El Gobierno mantiene que el impacto neto de esa suma y resta será positivo tanto para los usuarios que están en el mercado regulado como para quienes, aun estando en el libre, cuentan con una tarifa indexada. Estos primeros compases de aplicación, sin embargo, han disparado las alarmas: la realidad, siempre tan tozuda, está dando muestras de que la ganancia será mucho mayor los días en los que la parte generada con gas y carbón es mínima que en aquellos en los que el gas genera una gran cantidad de electricidad.


¿Bajarán pronto los precios?

Hay motivos para pensar que el tope sobre el precio del gas para generación eléctrica relajará la presión en el medio y largo plazo. Pero también los hay para suponer que el otoño y el invierno serán turbulentos en los mercados internacionales de gas, siempre al son de la guerra de Putin, lo que añadirá presión sobre las facturas. Incluso con el límite sobre el precio del gas activo: cuanto más suba su precio, mayor será la compensación a abonar por los consumidores. Una bajada sustancial o, al menos, una estabilización del precio de la luz —y de la gasolina— es imprescindible para reducir la inflación, convertida en el gran problema económico de nuestros días.

FUENTE: El País

https://elpais.com/eps/2022-06-22/claves-sobre-el-recibazo-de-la-luz.html

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Donar una vivienda a un hijo: pasos a seguir

Donar una vivienda en la pandemia ha sido mucho más habitual que antes de estallido de esta crisis sanitaria. Según datos del INE, en 2021 se registraron un total de 25.000 donaciones de vivienda, una cantidad que nunca antes se había visto desde 2007, justo cuando se inició el histórico de estos datos. Por si esto fuera poco, a principios de este año entró en vigor el nuevo impuesto de Transmisiones, Sucesiones, Donaciones y Patrimonio, hecho que pudo motivar a los contribuyentes a realizar donaciones de vivienda antes de esa fecha.

¿Qué sale mejor la venta o la donación de una casa?

Cuando nos planteamos si es o no rentable donar una vivienda, solemos hacernos esta pregunta. ¿Qué sale mejor la venta o la donación de una casa? Bueno, lo primero que hay que tener en cuenta es que para hacer una donación, el donante tiene que estar vivo. Esto es lo que diferencia este procedimiento de la herencia. Más requisitos: el donante tiene que ser el titular de la vivienda y esta tiene que estar libre de cargas. Luego también se comprueban otras cuestiones, como el hecho de que el propietario esté al corriente de pago del IBI de la casa que se donará. A partir de ahí, con todo en claro, el beneficiario de la donación, que puede ser un hijo (o cualquier otra persona o empresa) tendrá que aceptarla y, a partir de ahí, se realizarán unas nuevas escrituras ante notario. Ahí constará que el beneficiario es el nuevo propietario y esto también tendrá que hacerse constar en el Registro de la Propiedad.

Cómo hacer una donación de una casa a un hijo

¿Qué debe hacer el donante?

Si son los padres los que donan la casa a un hijo, tendrán que acreditar ciertas informaciones. Para empezar, será necesario que aporten una nota simple que certifique que son titulares del inmueble. Esta se puede conseguir fácilmente en el Registro de la Propiedad. También será necesario presentar las escrituras de compra de la vivienda y el último recibo del IBI. Bastará con pedir cita a la notaría y comenzar con la tramitación de la donación.

¿Qué debe hacer el donatario?

Ante notario, tendrán que presentarse el donante y el donatario (que es el hijo o el receptor de la donación). En ese momento, los padres harán constar su voluntad de donar la vivienda y el hijo tendrá que aceptar. A partir de ahí, se firmará la escritura de la donación. Antes tendrán que haberse pagado los impuestos relativos a la transacción y, a partir de ahí, el beneficiario de la donación podrá acudir al Registro de la Propiedad para registrar el inmueble a su nombre. Se hará efectivo con ello el cambio de titularidad tras la donación.

¿Cuánto hay que pagar para donar una casa a un hijo?

Donar significa dar y, prácticamente, regalar. Los padres que quieren donar una vivienda y el hijo que la recibirá deben saber que esta es una transacción con cargas fiscales. Veamos cuáles. El que recibe la casa tendrá que pagar impuestos regulados por las instituciones autonómicas y locales en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de donación. Los dos impuestos son los siguientes:

  • El impuesto de donaciones (regulado por cada comunidad autónoma)
  • El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (conocido como plusvalía municipal)

En cuanto a los donantes, hay otro impuesto al que deberán hacer frente. Si la vivienda cedida tiene un valor superior al precio que pagaron por ella cuando la compraron, esta deberá declararse como ganancia patrimonial en el IRPF. Tributará entre un 19 % y un 26 % en función del incremento que se haya registrado.

Hay excepciones que supondrán el pago de menos impuestos

Hay que tener en cuenta, eso sí, que hay un par de excepciones que permitirán al donante ahorrarse impuestos:

  • Cuando el inmueble sea la vivienda habitual del donante y este tenga más de 65 años, no tendrá que pagar el IRPF
  • Cuando el donante se queda el usufructo del inmueble, donando sola la nuda propiedad, que se consolidará a la muerte del donante

Concluyendo, debemos tener claro que donar una vivienda no es regalarla. Lo que tengamos que pagar dependerá del lugar en el que esté ubicada la vivienda, porque los impuestos municipales y autonómicos dependen de cada comunidad autónoma. Antes de dar el paso es importante conocer el procedimiento, los requisitos y los costes vinculados a la operación. Solo así sabremos si merece o no la pena.

FUENTE: Habitaclia

noticias.habitaclia.com/donar-una-vivienda-a-un-hijo-pasos-a-seguir/

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El 'cripto crash' hunde las monedas virtuales y ahonda la sangría de Bitcoin por debajo de 30.000 dólares

El desplome del Bitcoin roza el 11% y desde primera hora de la mañana lucha por mantener los 27.000 billetes verdes. Los descensos son incluso mayores en casos como Ethereum

La sangría no se detiene en el mercado de las criptomonedas, que llevan días encadenando desplomes tras desplomes y haciendo saltar las alarmas de los inversores. El fenómeno empieza a conocerse como 'cripto crash' y entre otros hitos ha provocado que el Bitcoin, la más popular potente de las divisas encriptadas, haya perdido el nivel de los 30.000 dólares apenas seis meses después de alcanzar máximos históricos.

El rojo se ha instalado en las cotizaciones de las cientos de monedas digitales que estos días sufren salidas masivas de los inversores. La incertidumbre económica por la guerra en Ucrania y los confinamientos en China se une a la subida de tipos de interés que ya ha comenzado en países como EEUU o Reino Unido y están provocando que los inversores huyan de activos a los que atribuyen mayores riesgos.

A eso se suma la debacle de Terra, otra de las criptomonedas más populares. En este caso, la divisa digital se dejó casi el 100% de su valor en apenas dos días después de que la stablecoin o moneda estable a la que se asocia perdiera la paridad contra el dólar.

El pánico se ha contagiado al resto y sólo este jueves, el desplome del Bitcoin roza el 11% y desde primera hora de la mañana lucha por mantener los 27.000 billetes verdes. Los descensos son incluso mayores en casos como Ethereum, que pierde más de un 20% y también se aleja de los 2.000 dólares, mientras que Solana (-20%) o Cardano (-29%) siguen su estela.

"La exposición de los inversores minoristas es muy alta y resistente. Sin embargo, la de los institucionales aún es baja y podría aprovechar la crisis actual. Esto ha aumentado las correlaciones de activos de lo que todavía es solo un activo de 500.000 millones de dólares, o el 5% del valor del oro extraído", apunta Ben Laidler, estratega de mercados globales de la plataforma de inversión en multiactivos eToro.

FUENTE: El Mundo

https://www.elmundo.es/economia/macroeconomia/2022/05/12/627cc824e4d4d831228b457d.html

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El deber de lealtad en los consejos de administración

Es el propio consejero quien debe manifestar a la sociedad la existencia de situaciones de conflicto de interés

Habitualmente se comenta, a la hora de hablar de los miembros de un consejo de administración en una sociedad de capital, que estamos ante lo que podría definirse como una profesión “de riesgo”. En las últimas dos décadas el avance en la regulación legislativa de esta materia ha sido realmente prominente, recogiendo y plasmando nuestra norma de cabecera en este ámbito, que no es otra que el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), las múltiples demandas, pautas, interpretaciones y recomendaciones de los sucesivos pronunciamientos de las comisiones, grupos de expertos, manifestaciones jurisprudenciales y demás operadores del ámbito del derecho de sociedades. Estos han ido estudiando, analizando y elaborando relevantes informes, dictámenes, resoluciones o sentencias sobre la responsabilidad de los administradores, sus deberes y eso que  llamamos el buen gobierno corporativo. Todo ello está reflejado en las sucesivas directivas comunitarias que han ido trasponiéndose a través de reformas de la LSC.

Pues bien, dentro de ese ámbito de responsabilidad, deberes de los administradores y buen gobierno corporativo, cobra relevancia en el día a día de muchas sociedades el deber de lealtad, que aparece regulado en el los artículos 227 a 232 de la LSC, y que se manifiesta esencialmente en las situaciones de conflictos de interés que pueden existir entre un administrador o consejero y la sociedad en la que ostenta dicha posición, bien directamente o a través de lo que se conoce como “personas vinculadas”, cuya concreción aparece detallada en el artículo 231 de la LSC.

Es importante tener en cuenta que este deber, como ocurre con los demás, por ejemplo, con el de diligencia, es un deber del propio administrador y, por ende, es el propio consejero o administrador quien debe manifestar a la sociedad la existencia de situaciones en las que pudiera llegar a contravenir ese deber por la concurrencia de algún conflicto de interés, existiendo en los artículos ya citados un mecanismo que permite en ciertos casos dispensar la realización de ciertas operaciones que, a priori, puedan constituir un conflicto de interés, mediante la aprobación, en función de las características de esa operación, por los órganos sociales, sea el propio consejo de administración o la junta general, según el caso. Es decir, si bien en el supuesto de que los restantes consejeros conozcan esa situación que afecta a otro de sus colegas deberían informar de la misma, es esencialmente el consejero afectado quien debe advertir la situación y proceder o abstenerse, según proceda legalmente, ya que de lo contrario puede estar incurriendo en un incumplimiento de uno de sus deberes esenciales como administrador de una sociedad de capital, con las consecuencias que en materia de responsabilidad ello pueda conllevar.

Precisamente por ese motivo, entre otros, existe en sociedades de ciertas dimensiones (me atrevería a decir que en menos de las que debería ya que no necesariamente tendría que ver con la relevancia o tamaño), un reglamento interno que regula, entre otros aspectos, cómo deben proceder los consejeros y el propio consejo de administración como tal órgano colegiado ante situaciones de esta índole. No obstante, haya o no reglamento interno, debe actuarse en estricto cumplimiento de las previsiones legales sobre este asunto, como pauta esencial para que los consejeros no incurran en posibles causas de responsabilidad, en las que, caso de darse los elementos requeridos (daño efectivo, relación causa-efecto, etcétera), puedan terminar afectado su patrimonio personal, más allá de otras consecuencias en otros ámbitos jurisdiccionales, si las hubiere.

Una de las previsiones en este ámbito (artículo 228.c) de la LSC) consiste precisamente en, siendo conocedor de una situación de conflicto de interés, abstenerse de participar en la deliberación y votación de los acuerdos relacionados. Una situación que, más allá de que sea advertida por los demás consejeros, debe ser, en primer término, advertida por el propio consejero afectado, quien, ante tal situación, y en ejercicio responsable de su deber de lealtad, debiera ser el primero que de cuenta de tal situación, ausentándose de la deliberación y votación correspondiente. Resulta obvio que no puede conocer lo que el órgano de administración haya valorado al respecto, ya que podría perjudicar con dicho conocimiento a los propios intereses sociales, ni, por supuesto, tomar partido en la decisión correspondiente, al ser parte interesada, probablemente, incluso con un interés contrario al de la propia sociedad (pensemos por ejemplo en un acuerdo sobre un conflicto judicial entre la sociedad y el consejero o persona vinculada).

Por todo lo anterior, y por muchos otros motivos, la profesión de consejero puede considerarse una profesión “de riesgo”, como dicen, aunque más bien es, a mi juicio, una profesión de responsabilidad, es decir, que ejercida en plena consciencia de dicha responsabilidad y de un modo razonablemente diligente y leal (asesorado, cuando pudiera ser conveniente), no debe suponer más riesgo que el de cualquier otra profesión o cargo que implique tomar decisiones que afecten a un sujeto o entidad, personal o patrimonialmente. Ya sabemos aquello de que un gran poder conlleva una gran responsabilidad.

FUENTE: Cinco días

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/04/27/legal/1651042307_040735.html

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